15 de mayo de 2014

Derecho Procesal III

LA PRUEBA EN EL PROCESO PENAL ACUSATORIO

DOCUMENTOS EXTRAPROCESALES
Los documentos extraprocesales son aquellos que no son formados en el seno del proceso ni con motivo de éste, y que son incorporados al proceso por los órganos de investigación, por las partes o por terceros. Los documentos extraprocesales son, por lo general, preexistentes al proceso y pueden consistir en escrituras públicas otorgadas ante registradores o notarios, certificaciones de actas procesales o decisiones judiciales recaídas en otros procesos, o simples cartas personales, facturas mercantiles, pequeñas notas personas, publicaciones periódicas, libros, impresiones de fax o telex y cualquier clase de impresos que contengan textos en los que pueden apreciarse manifestaciones de voluntad o reseñas de hechos, así como también fotografías, grabaciones magnetofónicas, filmaciones, etc.

Bibliografía: La prueba en el proceso penal acusatorio. Eric Pérez Sarmiento. Segunda edición. Vadell hermanos editores, 2005. P. 167. 

Art. 474

DERECHO PENAL

DE LOS DAÑOS


VIOLENCIA
Cuando el delito de Daños Genéricos se hubiere cometido con ocasión de violencias o resistencia a la autoridad, o en reunión de diez o más personas, todos los que hayan concurrido al delito serán castigados así:

En el caso de la parte primera, con prisión hasta de cuatro meses; y en los casos previstos en el aparte único, con prisión de un mes a dos años, procediéndose siempre de oficio.

Fuente: Código Penal. Gaceta Oficial No. 5768, Ext. del 13 de abril de 2005.