25 de noviembre de 2016

25-11-2016 Penal Trabajo (17)

Frase reflexiva:
Sagaz es el que ha visto la calamidad y procede a ocultarse, pero los inexpertos han pasado adelante y tienen que sufrir la penaProverbios 22:3

Derecho Penal del Trabajo
Derecho Penal Laboral

TÍTULO IX
DE LAS SANCIONES

Obligación de denunciar del funcionario o funcionaria del trabajo
Artículo 552. Los funcionarios o funcionarias del Trabajo que hubieren conocido de cualquier infracción de esta Ley con ocasión del ejercicio de sus funciones o de cualquier otra manera, estarán obligados a hacer la denuncia ante la autoridad a que corresponda o a proceder de oficio si fuere el caso.

Negativa o revocatoria de la solvencia laboral
Artículo 553. A los patronos o patronas que incumplan las obligaciones que le impone esta Ley, les será negada o revocada la solvencia laboral según a lo establecido en la ley correspondiente.

Notificaciones
Artículo 554. Las notificaciones a que se hace referencia en este título se realizarán en la forma prevista en esta ley.

Fuente de la información: Ley Orgánica del Trabajo. Gaceta Oficial No. 6.076 Extraordinario del 07 de mayo de 2012.

Frase reflexiva:
Sagaz es el que ha visto la calamidad y procede a ocultarse, pero los inexpertos han pasado adelante y tienen que sufrir la penaProverbios 22:3

25-11-2016 Procesal Penal (5)

Frase reflexiva:
Sagaz es el que ha visto la calamidad y procede a ocultarse, pero los inexpertos han pasado adelante y tienen que sufrir la penaProverbios 22:3

N° de Expediente: 97-0564 N° de Sentencia: 514
Tema: Estimación e Intimación de Honorarios
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Inadmisibilidad de la demanda de estimación e intimación de honorarios
Martes, 02 de mayo de 2000

el derogado Código de Enjuiciamiento Criminal, (...) en sus artículos 58, 62 y 333, taxativamente indicaba cuáles sentencias y autos eran recurribles en casación en materia de enjuiciamiento penal; ahora bien, entre estas decisiones no se encuentra aquella que declara inadmisible la demanda de estimación e intimación de honorarios profesionales. Así mismo, por disposición del artículo 20 ejusdem, la normativa del Código de Procedimiento Civil era aplicable supletoriamente en todo aquello no contemplado en la derogada ley Adjetiva Penal o en leyes especiales sobre la materia, y que, al propio tiempo, no contraviniera sus disposiciones.

Tenemos entonces que los artículos 312, 337, 772 y 849 del Código de Procedimiento Civil taxativamente señalan cuáles son las sentencias contra las que puede ejercerse el recurso de casación; es de observar que entre estas tampoco se encuentra la ya señalada decisión del Superior que ratifica el fallo de la instancia que declara Inadmisible la demanda por estimación e intimación de honorarios profesionales.

Frase reflexiva:
Sagaz es el que ha visto la calamidad y procede a ocultarse, pero los inexpertos han pasado adelante y tienen que sufrir la penaProverbios 22:3