La frase del día
"La gente olvidará lo que dijiste, olvidará lo que hiciste, pero nunca olvidará cómo la hiciste sentir" Maya Angelou
Sentencia No. 132 de fecha 02-MAY-2024 emanada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia: Ponencia del Magistrado Dr. ELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
Ahora bien, la simplificación de estos supuestos no puede constituirse en óbice para el cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 489- D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a los fines de la formalización del recurso de casación, teniendo la parte recurrente la carga de consignar un escrito razonado lo cual- a criterio de esta Sala debe hacerse conforme a lo contemplado en el artículo 489-A de la citada Ley, esto es, indicando: i) la norma jurídica y/o la máxima de experiencia infringida, según sea el caso, ii) los argumentos en los que se sustenta la infracción y, iii) cómo ello vulneró los derechos constitucionales que rigen la actividad jurisdiccional y/o resultó determinante del dispositivo del fallo.
En tal sentido, debe advertirse que aquella delación que pudiera configurarse como genérica, vaga, ininteligible, imprecisa o confusa, puede ser desestimada por su indeterminación, al extremo que incluso pudiera acarrear el perecimiento del propio recurso, conforme a lo previsto en el referido artículo 489-D eiusdem.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: concubinato, unión estable de hecho, matrimonio, bigamia, pareja.
La frase del día
"La gente olvidará lo que dijiste, olvidará lo que hiciste, pero nunca olvidará cómo la hiciste sentir" Maya Angelou