CRIMINALÍSTICA
CRIMINALÍSTICA I. MONTIEL. SEGUNDA EDICIÓN, 2012
Metodología general de investigación en el lugar de los hechos
La metodología es el sentido común que reflexiona para encontrar nuevos conocimientos o nuevas decisiones de acción.
Nunca puede dejarse de lado al sentido común en ninguna investigación criminal.
La criminalística de campo investiga de manera científica el lugar de los hechos, el lugar de hallazgo y otros lugares sujetos a investigación, porque para el estudio y análisis de los mismos, y de los indicios, o evidencias físicas que contenga, aplica los pasos sistemáticos de los métodos científicos, inductivo, deductivo, analítico, sintético y analógico. Asimismo, aplica conocimientos universales consistentes de modo esencial en principios generales, conceptos y criterios comprobados. También aplica tecnología vigente mediante el instrumental científico, adecuado y transportable. Todo ello, para el examen de los escenarios, registro de sus evidencias y reflexiones científicas para despejar las interrogantes que se plantean en los casos sujetos a investigación.
En la criminalística de campo se aplican cinco pasos ordenados en forma sistemática y cronológica, mismos que se conocen técnicamente como "metodología de la investigación criminalística en el lugar de los hechos", y se constituye de la siguiente manera:
1. Protección del lugar de los hechos.
2. Observación del lugar.
3. Fijación del lugar.
4. Colección de indicios.
5. Suministro de indicios al laboratorio.
Referencia bibliográfica. Montiel, Criminalística I, 2012, PP. 161, 162.
Blog con fines de investigación de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, y lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel
31 de octubre de 2013
Impugnabilidad
DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA
Libro Cuarto
Código Orgánico Procesal Penal venezolano - 423
De los recursos. Disposiciones generales
Impugnabilidad objetiva. Las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos.
Libro Cuarto
Código Orgánico Procesal Penal venezolano - 423
De los recursos. Disposiciones generales
Impugnabilidad objetiva. Las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos.
Extinción
DERECHO PENAL - MATERIA SUSTANTIVA
Libro Primero
Código Penal venezolano - 103
De la extinción de la acción penal y de la pena
Extinción de la acción penal. La muerte del procesado extingue la acción penal. La muerte del reo extingue también la pena, aun la pecuniaria impuesta y no satisfecha y todas las consecuencias penales de la misma, pero no impide la confiscación de los objetos o instrumentos con que se cometió el delito, ni el pago de las costas procesales que se harán efectivas contra los herederos.
Libro Primero
Código Penal venezolano - 103
De la extinción de la acción penal y de la pena
Extinción de la acción penal. La muerte del procesado extingue la acción penal. La muerte del reo extingue también la pena, aun la pecuniaria impuesta y no satisfecha y todas las consecuencias penales de la misma, pero no impide la confiscación de los objetos o instrumentos con que se cometió el delito, ni el pago de las costas procesales que se harán efectivas contra los herederos.
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