19 de febrero de 2022

19-02-2022: acción amparo

Sentencia No. 36 Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, 11-02-2022

De manera que, con fundamento en las anteriores consideraciones esta Sala Constitucional reitera que en el asunto tratado, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón antes de pronunciarse sobre la inadmisibilidad de la acción de amparo por falta de legitimación del apoderado judicial, debió considerar la causa y el objeto de la acción de amparo; así como el alegato de la parte accionante de imposibilidad de acceso al expediente, reiterado en el escrito de apelación y, proceder conforme lo ha indicado la reiterada jurisprudencia, a solicitar de oficio, copia certificada del expediente penal original vinculado al caso, ello sin dejar de considerar además, que en definitiva los bienes jurídicos que en principio son denunciados como vulnerados en este caso, son la vida y la salud de una persona recluida bajo la responsabilidad del Estado.
 
Conforme a lo precedentemente expuesto, esta Sala declara con lugar la apelación ejercida y en consecuencia, anula la sentencia apelada y repone la causa al estado en que otra Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, solicite al Tribunal Único de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, la remisión de copia certificada del expediente penal original vinculado al caso, para luego pronunciarse sobre la admisibilidad o no de la acción de amparo constitucional intentada, considerando lo expuesto en esta sentencia. Así se decide.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/febrero/315548-0036-11222-2022-19-0132.HTML

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