3 de abril de 2026

Revisión ✓ 3-4-2026

Sentencia No. 0109 de fecha 02-MAR-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: DRA. TANIA D’AMELIO CARDIET

En este mismo orden de ideas, esta Sala desestima el alegato de la defensa ya que se evidencia en el expediente experticias medicas legales y forenses que arrojan conclusiones contrarias a dicho alegato, no obstante, lo fundamental es que, al acogerse voluntariamente al procedimiento especial de admisión de hechos previsto en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, el ciudadano (...) aceptó los hechos narrados en la acusación fiscal, renunciando con ello a la etapa de promoción y evacuación de pruebas donde pudo haber cuestionado dicha experticia, por lo cual no resulta procedente en esta sede de revisión extraordinaria pretender revivir un debate sobre la “duda razonable” o la suficiencia probatoria que el propio accionante descartó al admitir su responsabilidad penal para beneficiarse de una rebaja de la condena.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Quien traiciona una vez, lo hace dos veces"

Autocomposición ✓ 3-4-2026

Sentencia No. 0109 de fecha 02-MAR-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: DRA. TANIA D’AMELIO CARDIET

Respecto a la presunta coacción para forzar la admisión de hechos, esta Sala advierte que tal afirmación carece de sustento probatorio. La admisión de hechos es un procedimiento de autocomposición procesal, personalísimo, voluntario y libre; de haber existido alguna presión externa, el recurrente debió dejar constancia de ello en la oportunidad de la audiencia preliminar, por el contrario, el acta de la audiencia refleja una manifestación de voluntad expresa y consciente por parte del imputado, quien, tras ser debidamente informado por el juzgador conforme al artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, decidió aceptar los cargos para beneficiarse de la reducción de la condena, al optar por este procedimiento, el imputado renuncia voluntariamente a la etapa de juicio oral y a la contradicción de las pruebas, convalidando la acusación presentada por el Ministerio Público.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Quien traiciona una vez, lo hace dos veces"