Ley Orgánica contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo.
Título V
De la jurisdicción y otros procedimientos especiales
Capítulo I
Del procedimiento aplicable
Artículo 63. Procedimiento aplicable. Para el enjuiciamiento de los delitos de delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo, se seguirá el procedimiento establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, los previstos en esta Ley y demás normas aplicables.
Fuente de la información: Ley orgánica contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo. Gaceta Oficial No. 39.912, lunes 30 de abril de 2012.
La frase del día
"La soledad es buena cuando la compañía es mala"