20 de diciembre de 2019

20-12-2019 defensa (2)

Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

Sentencia No. 2022.
Fecha: 25-07-2015.

En ejercicio del derecho a la defensa, el imputado puede pedir al Ministerio Público la práctica de diligencias de investigación destinadas a desvirtuar las imputaciones que se le formulen y, el Ministerio Público conforme lo preceptuado en el artículo 305 del Código Orgánico Procesal Penal, las llevará a cabo si las considera oportunas y útiles, debiendo dejar constancia de su opinión contraria, a los efectos que ulteriormente corresponda, ya que la denegación de la práctica de la diligencia solicitada constituirá una violación del derecho a la defensa si la decisión no es razonable o no está suficientemente motivada.

 El imputado no tiene derecho a la práctica de la diligencia. Tiene derecho a proponer y a que sobre la diligencia propuesta se pronuncie el director de la investigación, bien admitiéndola o rechazándola de manera motivada. Tiene derecho a recibir una respuesta como se apuntó razonable y motivada. Una vez admitida la misma, tiene entonces derecho a que se practique”. (subrayado propio).

Enlace a la sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/julio/2022-250705-03-2882.HTM

La frase del día
"Antes de rezar, cree; antes de hablar, escucha; antes de gastar, gana; antes de escribir, piensa; antes de rendirte, intenta; antes de morir, vive"

20-12-2019 defensa

Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 19 de agosto de 2016, No. 801.

En cuanto al derecho a la defensa, la Jurisprudencia ha establecido que el mismo debe entenderse como la oportunidad para el encausado o presunto agraviado de que se oigan y analicen oportunamente sus alegatos y pruebas. En consecuencia, existe violación del derecho a la defensa cuando el interesado no conoce el procedimiento que pueda afectarlo, se le impide su participación o el ejercicio de sus derechos, o se le prohíbe realizar actividades probatorias (s. S.C. n° 05 de 24.01.01, caso: Supermercado Fátima S.R.L.; resaltado añadido).

Enlace a la sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/febrero/303636-0006-8219-2019-17-0001.HTML

La frase del día
"Antes de rezar, cree; antes de hablar, escucha; antes de gastar, gana; antes de escribir, piensa; antes de rendirte, intenta; antes de morir, vive"

20-12-2019 vinculante

Sentencia vinculante de fecha 04-12-2019 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

Se ORDENA la publicación de la presente decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, así como en la Gaceta Judicial, de conformidad a lo establecido en el artículo 126 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la siguiente mención en su sumario:

Sentencia de la Sala Constitucional que establece con carácter vinculante, que la declaratoria con lugar de la excepción prevista en el artículo 28, numeral 4, letra “i” del Código Orgánico Procesal Penal, puede dar lugar a un sobreseimiento definitivo, en los casos en que el Juez de Control, una vez efectuado el control material de la acusación en la audiencia preliminar, considere que no existe un pronóstico de condena contra el imputado.

Enlace a la sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/diciembre/308488-0487-41219-2019-15-0577.HTML

La frase del día
"Antes de rezar, cree; antes de hablar, escucha; antes de gastar, gana; antes de escribir, piensa; antes de rendirte, intenta; antes de morir, vive"