11 de diciembre de 2025

Ojos en la calle [2] | 11-12-2025

Los pilares de la observación

Jane Jacobs identificó tres cualidades clave que una calle urbana necesita para facilitar esta vigilancia natural. Cada elemento se basa en el anterior, creando un ciclo de actividad y seguridad que se retroalimenta, esencial para un ecosistema urbano próspero.

— Una clara delimitación entre el espacio público y el privado. Esta distinción busca crear límites comprensibles. Cuando es evidente la diferencia entre una entrada personal y una acera pública, las personas se sienten dueñas y responsables de sus propios espacios, respetando al mismo tiempo el patrimonio común. Esta claridad ayuda a definir las áreas que requieren vigilancia.

— Los edificios deben estar orientados a la calle. Las viviendas y los negocios no pueden dar la espalda al espacio público. Ventanas, porches y escaparates que dan a la acera crean oportunidades para la observación. Una pared vacía no ofrece interacción; una ventana ofrece conexión, un par de ojos que pueden presenciar el ajetreo diario de la calle.

— Uso continuo de las aceras. Una calle necesita gente, moviéndose a diferentes horas del día. Este flujo constante de peatones no solo significa que hay más ojos en la calle en todo momento, sino que también la hace más interesante para quienes están dentro de los edificios. Una calle vacía es aburrida y es menos probable que la gente la observe.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Hay niveles para todo; y cada nivel tiene depredadores distintos"

Ojos en la calle | 11-12-2025

Fundamentos

El concepto de "Ojos en la Calle" surge de las perspicaces observaciones de la escritora y activista Jane Jacobs. En su influyente libro de 1961, "La Muerte y la Vida de las Grandes Ciudades Estadounidenses", presentó una idea contundente sobre qué hace que los espacios urbanos sean seguros, vibrantes y fundamentalmente humanos. Sugiere que la simple observación pasiva de nuestro entorno por parte de quienes viven, trabajan y se desplazan por un espacio, es una fuerza poderosa para crear un entorno seguro y dinámico.

Esta es la base de la seguridad comunitaria, un sistema de vigilancia informal donde los residentes y los transeúntes vigilan naturalmente su hogar colectivo.

En su nivel más básico, la teoría se basa en unos principios fundamentales que funcionan en sintonía. Estos principios no son mandatos arquitectónicos complejos, sino que están arraigados en los ritmos cotidianos de la vida y en el diseño reflexivo de nuestro entorno construido. Su objetivo es fomentar las condiciones donde las personas se sientan cómodas y comprometidas para convertirse en guardianes naturales de sus calles.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Hay niveles para todo; y cada nivel tiene depredadores distintos"

Flagrancia | 11-12-2025

Sentencia No. 449 de fecha 25-JUL-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

En relación a la referida audiencia, en el caso de la aprehensión en flagrancia, la misma fue concebida como un mecanismo para el resguardo de los derechos y garantías consagrados en nuestra Constitución a favor del detenido, la cual de conformidad con lo previsto en el Código Orgánico Procesal Penal, impone un procedimiento a seguir, caracterizado por lapsos breves, de obligatorio cumplimiento; por cuanto, la persona capturada debe ser puesta a disposición del Ministerio Público en un tiempo que no excederá de las doce (12) horas a partir del momento de la aprehensión, debiendo el representante fiscal presentar al aprehendido, dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes, ante el Juez de Control competente, a quien le expondrá cómo se produjo la aprehensión, así como también, solicitar la aplicación del procedimiento ordinario o abreviado, según corresponda y requerir la imposición de una medida de coerción personal de estimarlo procedente.

Asimismo, desde una perspectiva del derecho comparado, podemos observar que el procedimiento, antes aludido, al igual que en otros países, se caracteriza por la aplicación de un procedimiento rápido, en resguardo de una tutela judicial efectiva, en tal sentido, autores como: Velásquez Morán, K. (2019). Sistema de Resolución de Conflictos con Observancia de la Audiencia de Calificación de Flagrancia y su Incidencia en el Procedimiento Directo en Delitos de Tránsito [Tesis para Magíster en Derecho. Mención Derecho Procesal]. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil - Sistema de Posgrado, expresó:

“…Del análisis comparativo de flagrancia, entre Chile y Colombia, resulta lo siguiente:

a.- En la figura jurídica de la aprehensión para ambos países resultan los mismos escenarios; están definido por el tiempo en que se ejecuta la aprehensión y la de poner a disposición del juez al capturado; el primero, sin la intervención del fiscal debe cumplirse en un plazo inmediato, sin que supere las 12 horas para entregar al aprehendido al juez más próximo o al fiscal y el segundo con la intervención del fiscal, debe cumplirse en un plazo inmediato que no supere las 36 horas; en el resumen, ambos países tienen el periodo de 24 horas para Chile y 36 horas para el caso colombiano; improrrogables de poner a disposición de un juez al aprehendido…”.    

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Hay niveles para todo; y cada nivel tiene depredadores distintos"