9 de abril de 2013

Incapacidad

DERECHO PROCESAL PENAL

Incapacidad. El trastorno mental grave del imputado provocará la suspensión del proceso, hasta que la incapacidad desaparezca. Sin embargo, no impedirá la investigación del hecho, ni la continuación del proceso con relación a los otros imputados, si fuere el caso.

La incapacidad será declarada por el Juez, previa experticia psiquiátrica forense, la cual puede ser solicitada por cualquiera de las partes.

Criminalística. III

DERECHO PENAL

Pasos en los procedimientos técnicos especiales.

1. Recibo y resguardo de la evidencia encontrada en el sitio del suceso.

2. Fijación fotográfica de la evidencia; dicha fijación debe ir anexada a la experticia.

3. Reconocimiento, identificación e individualización de la evidencia.

4. Constancia en informe o experticia.

5. Archivo, entrega o traslado de la evidencia.

Bibliografía consultada. Universidad Dr. Rafael Belloso Chacín, clases de extensión, Introducción a la Criminalística 321703.