25 de mayo de 2013

Jer. cons. de los tr., pac. y conv.

DERECHO CONSTITUCIONAL

Jerarquía constitucional de los tratados, pactos y convenciones. Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas en la Constitución Nacional y en las leyes; y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público.

Incautación. II

DERECHO PROCESAL PENAL

De la Ocupación e Intercepción de Correspondencia y Comunicaciones

Incautación. II. De igual modo, podrá imponer la incautación de: 

- documentos; 

- títulos, valores y cantidades de dinero, disponibles en cuentas bancarias, o en cajas de seguridad de los bancos, o en poder de terceros: cuando existan fundamentos razonables para deducir que ellos guardan relación con el hecho delictivo investigado.

La policía de investigaciones penales, podrá solicitar directamente al Juez de Control, en casos de necesidad y urgencia, la respectiva orden, previa autorización, por cualquier medio, del Ministerio Público, la cual deberá constar en la solicitud.

Enun. de derechos y gar.

DERECHO CONSTITUCIONAL

Enunciación de derechos y garantías. La enunciación de los derechos y garantías contenidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos, no debe entenderse como la negación de otros derechos, que siendo inherentes a las personas, no figuren expresamente en los derechos establecidos en los anteriores instrumentos jurídicos.

La falta de ley reglamentaria de los derechos humanos que no figuran en la Constitución Nacional y en los instrumentos internacionales, no menoscaba el ejercicio de los mismos.

Aunque los derechos humanos no figuren en la Constitución Nacional, se extienden a la persona.

Incautación

DERECHO PROCESAL PENAL

De la Ocupación e Intercepción de Correspondencia y Comunicaciones

Incautación. En el curso de la investigación de un hecho delictivo, el Ministerio Público, con autorización del Juez de Control, podrá incautar la correspondencia y otros documentos que se presuman emanados del autor del hecho punible, o dirigidos por él, y que puedan guardar relación con los hechos investigados.

El Ministerio Público puede incautar documentos que se presuman emanados del autor del delito; o documentos que él, autor del delito, dirija, y guarden relación con el hecho que se investiga. Todo esto de conformidad con la autorización del Juez de Control. (...)

Igualdad ante la ley. II

DERECHO CONSTITUCIONAL

Igualdad ante la ley. II. 

3. Sólo se dará el trato oficial de 'ciudadano', o 'ciudadana', salvo las fórmulas diplomáticas.

4. No se reconocen títulos nobiliarios ni distinciones hereditarias.

Esto se encuentra en concordancia con el artículo siete (7) de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y con el artículo quince (15) del Código de Procedimiento Civil:

"Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación".

"Artículo 15. Los jueces garantizarán el derecho de defensa, y mantendrán a las partes en los derechos y facultades comunes a ellas, sin preferencia ni desigualdades y en los privativos de cada una, las mantendrán respectivamente, según lo acuerde la ley a la diversa condición que tengan en el juicio, sin que puedan permitir ni permitirse ellos extralimitaciones de ningún género".

Muertes en acc. de trán.

DERECHO PROCESAL PENAL

Muertes en accidentes de tránsito. En el caso de muertes causadas en accidentes de tránsito, sin perjuicio de las facultades que corresponden a los órganos encargados de la persecución penal, y cuando los representantes de éstos no puedan hacerse presentes en el lugar del suceso: 

el levantamiento e identificación del cadáver podrán ser realizados por un oficial del Servicio de Control y Vigilancia de Tránsito Terrestre de la Policía Nacional Bolivariana, auxiliado por el médico forense, así como su traslado a la morgue correspondiente.

Se dejará constancia de lo actuado de conformidad con las normas generales de Código Orgánico Procesal Penal, salvo lo establecido en leyes especiales.

Igualdad ante la ley

DERECHO CONSTITUCIONAL

Igualdad ante la ley. Todas las personas son iguales ante la ley; en consecuencia:

1. No se permitirán discriminaciones fundadas en: 

- la raza; 

- el sexo; 

- el credo; 

- la condición social; o aquellas que, en general, tengan por objeto, o por resultado, anular, o menoscabar el reconocimiento, goce, o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona.

2. La ley:

- garantizará las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva;

- adoptará medidas positivas a favor de personas, o grupos que puedan ser discriminados, marginados, o vulnerables;

- protegerá especialmente a las personas que por alguna de las condiciones especificadas con anterioridad, se encuentren en circunstancias de debilidad manifiesta; y sancionará los abusos, o maltratos que se cometan contra ellas. (...)

Lev. e ident. de cadáveres. II

DERECHO PROCESAL PENAL

Levantamiento e identificación de cadáveres. II. Cuando el médico forense no esté disponible, o no exista en la localidad en donde ocurrió el hecho, la policía de investigaciones penales procederá a levantar el cadáver, disponiendo su traslado a la morgue correspondiente; o a otro lugar en donde: 

- se pueda practicar la autopsia;

- se pueda practicar su identificación final; y

- se le haga entrega a sus familiares.

La policía de investigaciones penales procurará identificar al occiso a través de cualquier medio posible.

En este procedimiento se aplicarán las reglas de la "Inspección", cuando sean pertinentes.

Lib. des. de la personalidad

DERECHO CONSTITUCIONAL

Libre desenvolvimiento de la personalidad. Toda persona tiene derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad, sin más limitaciones que las derivadas del derecho de las demás personas y del orden público social.

Lugares públicos

DERECHO PROCESAL PENAL

Lugares públicos. No se requerirá la orden escrita del Juez, para realizar allanamiento en los siguientes lugares:

1. en oficinas administrativas de servicios públicos; y

2. en establecimientos de reunión y recreo mientras estén abiertos al público.

En los casos anteriormente señalados, deberá dársele aviso de la orden del Juez a las personas a cuyo cargo estén los locales, salvo que sea perjudicial para la investigación.

Tentativa. Delito frustrado

DERECHO PENAL

Tentativa. Delito frustrado. 

¿Cuándo hay tentativa?. Cuando, con el objeto de cometer un delito, la correspondiente persona comienza la ejecución del mismo por medios apropiados, y no ha realizado todo lo necesario para que dicho delito se consuma, por causas independientes de su voluntad.

¿Cuándo hay frustración?. Cuando, con el objeto de cometer un delito, el correspondiente sujeto activo ha realizado todo lo que es necesario para consumarlo (el delito), y no lo ha logrado por causas independientes a su voluntad.

Tentativa: el delito no se consuma porque el sujeto activo no hace todo lo necesario para su consumación.

Frustración: el sujeto activo hace todo lo necesario para su consumación, y sin embargo, tampoco llega a consumarse el delito.

Lev. e ident. de cadáveres

DERECHO PROCESAL PENAL

Levantamiento de identificación de cadáveres. En caso de muerte violenta, o cuando existan fundadas sospechas que la muerte es consecuencia de la perpetración de un hecho punible, antes de proceder a la inhumación del occiso, la policía de investigaciones penales, auxiliada por el médico forense:

- realizará la inspección corporal preliminar;

- realizará la descripción de la posición y ubicación del cuerpo;

- evaluará el carácter de las heridas; y

- hará los reconocimientos pertinentes, además de las diligencias que ordene el Ministerio Público. (...)