20 de mayo de 2025

20-05-2025 • Glosario de Inteligencia [21]

Criminalística.

Es la disciplina que mediante la aplicación de los principios de las ciencias naturales (química, física, biología) y sus técnicas, tiene como objeto el reconocimiento, la identificación, la individualización y evaluación de las evidencias físicas o indicios materiales, con el fin de determinar si un hecho es delito, cómo se cometió y quién lo cometió.

Debilidades (doctrina Argentina).

Son aquellas deficiencias de diferente naturaleza que se detectan en el enemigo u oponente o en algunos de los factores que conforman un ambiente geográfico de interés.

Deducciones (Europol).

Conclusiones basadas en un examen minucioso de la infomación.

Delincuencia organizada (legislación venezolana).

La acción u omisión de tres o más personas asociadas por cierto tiempo con la intención de cometer los delitos considerados como de delincuencia organizada y obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico o de cualquier índole para sí o para terceros. Igualmente, se considera delincuencia organizada la actividad realizada por una sola persona actuando como órgano de una persona jurídica o asociativa, cuando el medio para delinquir sea de carácter tecnológico, cibernético, electrónico, digital, informático o de cualquier otro producto del saber científico aplicados para aumentar o potenciar la capacidad o acción humana individual y actuar como una organización criminal, con la intención de cometer los delitos tipificados como de delincuencia organizada.

Descriptores: glosario, inteligencia policial, fuerza pública.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"Conviértete en fantasma y crece en las sombras hasta que llegue el momento de aparecer"

20-05-2025 • Glosario de Inteligencia [20]

Cooperación en materia de delincuencia organizada (ONU, Convención Contra Delincuencia Organizada).

Los Estados Parte adoptarán medidas eficaces para:

• Mejorar los canales de comunicación entre sus autoridades, organismos y servicios competentes y, de ser necesario, establecerlos, a fin de facilitar el intercambio seguro y rápido de información sobre todos los aspectos de los delitos de delincuencia organizada.

• Cooperar con otros Estados Parte en las indagaciones sobre la identidad, el paradero y las actividades de personas presuntamente implicadas en tales delitos o la ubicación de otras personas interesadas.

• Cooperar con otros Estados Parte en la información sobre el movimiento del producto del delito o de bienes derivados de la comisión de esos delitos.

• Cooperar con otros Estados Parte en la consecución de la información relacionada al movimiento de bienes, equipos u otros instrumentos utilizados o destinados a utilizarse en la comisión de esos delitos.

• Proporcionar, cuando proceda, los elementos o las cantidades de sustancias que se requieran para fines de análisis e investigación.

• Intercambiar información con otros Estados Parte sobre los medios y métodos concretos empleados por los grupos delictivos organizados, así como, cuando proceda, sobre las rutas y los medios de transporte y el uso de identificación y el uso de identidades falsas, documentos alterados o falsificados u otros medios de encubrir sus actividades.

• Intercambiar información y coordinar las medidas administrativas y de otra índole adoptadas con miras a la pronta detección de los delitos de delincuencia organizada.

Descriptores: glosario, inteligencia policial, fuerza pública.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"Conviértete en fantasma y crece en las sombras hasta que llegue el momento de aparecer"