6 de mayo de 2025

06-05-2025 • IALEIA

International Association of Law Enforcement Intelligence Analysts

La Asociación Internacional de Analistas de Inteligencia de las Fuerzas del Orden (IALEIA) es una organización constituida en Estados Unidos en 1981. Su función es promover los estándares de profesionalismo en el análisis de inteligencia de las fuerzas del orden a nivel local, estatal, nacional e internacional. Su objetivo es mejorar la comprensión general de la función del análisis de inteligencia, fomentar su reconocimiento como una actividad profesional, desarrollar estándares internacionales de cualificación y competencia, reforzar los conceptos profesionales, desarrollar estándares y programas de formación, prestar servicios de asesoramiento y relacionados en materia de análisis de inteligencia, realizar estudios de investigación relacionados con el análisis y facilitar la difusión de información sobre técnicas y métodos analíticos.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"La duda es el origen de la sabiduría" - René Descartes

06-05-2025 • Glosario de Inteligencia [6]

Análisis de flujo de actividad (IALEIA).

El análisis de flujo de actividad se emplea para obtener el panorama general de un conjunto de acciones delictivas o modos de operar, y de ahí determinar cuáles fueron las acciones clave. Se fija en el proceso de una actividad y puede así ensamblar los componentes necesarios del delito para explicar en forma sencilla un delito complejo. Este proceso de análisis de flujo de actividad también puede usarse para compararse con otros delitos y ver si puede haber conexión entre ellos.

Análisis de flujo de bienes.

El análisis de flujo de bienes se refiere al flujo de bienes o servicios entre personas, negocios y ubicaciones, para determinar el significado de dicha actividad. Puede aportar pistas sobre la naturaleza de una conspiración, el orden jerárquico en un grupo o el funcionamiento de una red de distribución. Puede mostrar al beneficiario final del acto delictivo o la ubicación final de los bienes adquiridos en su nombre.

Análisis de flujo de eventos (IALEIA).

El análisis del flujo de eventos incorpora el flujo del evento y los tiempos, es decir, atiende a las actividades en el transcurso del tiempo. Aunque la perspectiva tradicional sobre el análisis de flujo se ha centrado en el diagramado, estos diagramas son sólo productos intermedios que ayudan al analista a determinar qué es lo que se sabe y qué información falta en las actividades o transacciones.

Descriptores: glosario, inteligencia policial, fuerza pública.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"La duda es el origen de la sabiduría" - René Descartes

06-05-2025 • COPP 111

Sentencia No. 0210 de fecha 26-02-2025 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: MICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET

Si bien es cierto, el representante de la vindicta pública debería estar presente en los actos del proceso (artículo 111, numeral 13 COPP) y tomando en cuenta las competencias constitucionales que le son atribuidas al Ministerio Público (artículo 285 de la CRBV), se encuentra establecido en el último aparte de la norma constitucional, lo siguiente; “…Estas atribuciones no menoscaban el ejercicio de los derechos y acciones que corresponden a los o las particulares o a otros funcionarios o funcionarias de acuerdo con esta Constitución y la ley”. (Subrayado de esta Sala)

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"La duda es el origen de la sabiduría" - René Descartes

06-05-2025 • Archivo actuaciones

Sentencia No. 0210 de fecha 26-02-2025 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: MICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET

En contexto con lo descrito, habiendo dejado claramente sentado el rol que cumple la víctima dentro del proceso y cuál es su participación en el mismo, considerando que el Derecho debe aplicarse al caso en particular, advierte esta Sala que hubo una omisión y errónea interpretación y aplicación de lo establecido en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto en el proceso que se analiza, el Ministerio Público había decretado el archivo fiscal de las actuaciones, que en su definición más simple, lo que indica es que la investigación realizada resultó insuficiente para acusar (artículo 297 COPP), sobre esta decisión deben ser notificadas las partes, proviniendo de allí, la acción que puede ejercer la víctima a través de la acusación particular propia, aún con prescindencia del Ministerio Público, tal como lo ha dejado establecido la jurisprudencia de esta Sala.

En atención a lo expuesto, considera esta Sala que, siendo posible que la víctima pueda presentar acusación particular propia aún con prescindencia del Ministerio Público, no es menos, que en el caso en concreto, se debía designar el defensor público a los imputados de conformidad a los establecido en el artículo 310 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal y realizado la audiencia preliminar, a pesar de la ausencia del Fiscal del Ministerio Público, pues como ya se ha declarado, el acto conclusivo presentado por el mismo, fue el archivo fiscal de las actuaciones y quien se encontraba actuando en el proceso a través de su apoderado judicial era la víctima, quien presentó la acusación particular propia, por lo que diferir la audiencia fue violatorio al ejercicio de los derechos constitucionales y legales establecidos para garantizar la tutela judicial efectiva.  

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
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