19 de noviembre de 2013

Audiencia

LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

Capítulo X Del inicio del proceso - Sección sexta del procedimiento especial

De la audiencia preliminar (104)

Presentada la acusación ante el Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas, éste fijará la audiencia para oír a las partes, dentro de los diez días hábiles siguientes. Antes del vencimiento de dicho plazo, las partes procederán a ofrecer las pruebas que serán evacuadas en la audiencia de juicio oral y oponer la excepciones que estimen procedentes. El tribunal se pronunciará en la audiencia.

En este acto el imputado podrá admitir los hechos, pero la pena a imponerse sólo podrá rebajarse en un tercio.

Finalizada la audiencia, el juez expondrá fundadamente su decisión respecto a los planteamientos de las partes. En caso de admitir la acusación, dictará el auto de apertura a juicio y remitirá las actuaciones al tribunal de juicio que corresponda.

El auto de apertura a juicio será inapelable.

Medicina Legal IV

MEDICINA LEGAL

MEDICINA LEGAL. JOSÉ FÉLIX MARTÍN CORONA. EDICIONES LIBRERÍA DESTINO, 6TA EDICIÓN, 2008

Generalidades de la Medicina Legal

Objeto

La Medicina Forense tiene por objeto auxiliar al derecho en todos los aspectos fundamentales. 

De igual manera asesora al jurista para la correcta formulación de la norma relacionada con los conocimientos médicos y biológicos.

Relaciones de la Medicina Legal

La Medicina Legal se relaciona con la Medicina y con otras especialidades médicas así como también con otras ciencias, para poder llegar a cumplir la noble y altísima función destacada que le es imprescindible para ocupar el sitial actual en que se encuentra. Es así como se relaciona con:

1. La anatomía humana y comparada.
2. Con la fisiología.
3. Con la bacteriología.
4. Con la medicina interna.
5. Con la anatomía patológica.
6. Con la histología humana.
7. Con la ginecología y obstetricia.
8. Con la medicina del trabajo.
9. Con la farmacología y toxicología.
10. Con la psiquiatría.
11. Con la oftalmología.
12. Con la odontología.
13. Con la radiología.
14. Con la química.
15. Con el Derecho.
16. Con la física.
17. Con la biología.
18. Con la botánica.
19. Con la zoología.
20. Con la antropología.

Referencia bibliográfica. Medicina Legal, José Félix Martín Corona, Ediciones Librería Destino, 2008, PP. 15, 16.

Competencia

DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA

Libro Cuarto

Código Orgánico Procesal Penal - 432

De los recursos. Disposiciones generales

Competencia. Al tribunal que resuelva el recurso se le atribuirá el conocimiento del proceso, exclusivamente, en cuanto a los puntos de la decisión que han sido impugnados.