DOCTRINA DEL MINISTERIO PÚBLICO
Prescripción del delito de
lesiones leves en materia de LOPNNA
La prescripción para el delito de
lesiones leves, según Ley Orgánica para la Protección del Niño y
el Adolescente, es de tres (3) años, y sólo se interrumpirá en los casos de
evasión o de suspensión del proceso a prueba, no siendo aplicables a dichos
casos las normas del Código Penal, por cuanto, si la intención del legislador
era aplicar esas, no hubiere consagrado la previsión en la mencionada ley
especial.