24 de agosto de 2026

Privación de libertad: 24-08-2026

Sentencia No. 0279 de fecha 11-MAR-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: MICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET

En este sentido, esta Sala Constitucional, atendiendo al criterio vinculante sobre la afirmación de la libertad y el carácter restrictivo de su privación (Sentencia N° 1079 del 19-05-06, Exp. N° 06-118, Ponencia del Magistrado Pedro Rondón Haaz), reitera que: “…la privación de libertad y demás medidas cautelares de coerción personal aplicables al proceso penal son providencias de excepción que solo son autorizadas por la ley, como medio indispensables para el aseguramiento de las finalidades del proceso”.

Al respecto, debe indicarse que la privación judicial preventiva de libertad es una medida excepcional, procedente únicamente cuando las resultas del proceso penal no puedan garantizarse mediante otra vía. Generalmente, se reserva para delitos graves donde se presuma peligro de fuga, por lo que cualquier presupuesto ajeno a dicho fin resultaría inaplicable.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Las oportunidades favorecen a quienes están listos para aprovecharlas"