13 de diciembre de 2020

13-12-2020: organización

Título V
De la organización del Poder Público Nacional 

Capítulo IV
Del Poder Ciudadano

Sección Tercera
Del Ministerio Público 

Artículo 286. Organización y funcionamiento. La ley determinará lo relativo a la organización y funcionamiento del Ministerio Público en los ámbitos municipal, estadal y nacional y proveerá lo conducente para asegurar la idoneidad, probidad y estabilidad de los fiscales o las fiscales del Ministerio Público. Asimismo, establecerá las normas para garantizar un sistema de carrera para el ejercicio de su función. 

Fuente de la información: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 

La frase del día 
"Judas nunca supo que Jesús sabía"