30 de octubre de 2016

30-10-2016 Orden de inicio

Frase reflexiva:
En líneas generales, dirigir a muchas personas es como dirigir a unas pocas. Todo se basa en la organizaciónSun Tzu

Orden de inicio genérica. Orden de inicio específica

El Ministerio Público no puede otorgar una orden de inicio genérica a los órganos policiales de investigación, por lo tanto, dicha orden de inicio debe ser específica.

Orden de inicio de investigación genérica

Es cuando se otorga la orden de inicio de la investigación sin establecer las diligencias que debe realizar el órgano policial investigador.

Orden de inicio de investigación específica

Aquí se establece, por parte del Ministerio Público, las diligencias que debe practicar el órgano policial investigador.

Frase reflexiva:
En líneas generales, dirigir a muchas personas es como dirigir a unas pocas. Todo se basa en la organizaciónSun Tzu

30-10-2016 Procesal Penal (27)

Frase reflexiva:
En líneas generales, dirigir a muchas personas es como dirigir a unas pocas. Todo se basa en la organizaciónSun Tzu

N° de Expediente: C04-0367 N° de Sentencia: 416
Tema: Doble conformidad
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Verificación de la doble conformidad
Martes, 09 de noviembre de 2004

Para que se verifique la doble conformidad, es necesario que en un primer proceso se obtenga una sentencia absolutoria de Primera Instancia, y que, de ordenarse un nuevo proceso, también se obtenga en éste, una sentencia absolutoria; o cuando se obtienen dos sentencias absolutorias en segunda instancia

N° de Expediente: C04-0177 N° de Sentencia: 218
Tema: Doble conformidad
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Doble conformidad
Martes, 22 de junio de 2004

El artículo 468 del Código Orgánico Procesal Penal, contempla la llamada doble conformidad, en base a tal principio expresamente se prohíbe la admisión de recurso alguno, en contra de las sentencias absolutorias obtenidas dentro de un nuevo proceso, cuando la sentencia producto del procedimiento anulado, haya sido absolutoria. En virtud de lo anterior considera la Sala que en aquellos casos en los cuales resulte casada una sentencia absolutoria y una vez dictada la nueva decisión, se obtenga igualmente otro fallo absolutorio, también se verificaría la doble conformidad, establecida en el artículo 468 indicado.

N° de Expediente: 03-0229 N° de Sentencia: 301
Tema: Doble conformidad
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Doble conformidad
Viernes, 01 de agosto de 2003

El artículo de la doble conformidad prohíbe expresamente la admisión de recurso alguno, en contra de otra decisión absolutoria, dictada dentro de la celebración de un nuevo juicio oral, ordenado mediante una sentencia que declare con lugar el recurso de casación.

Frase reflexiva:
En líneas generales, dirigir a muchas personas es como dirigir a unas pocas. Todo se basa en la organizaciónSun Tzu