26 de febrero de 2025

Contrainteligencia [3] | 26-02-2025

PROCEDIMIENTOS DE CONTRAINTELIGENCIA

Medidas Pasivas

Ocultan información al adversario (negación). Estas medidas son generalmente reglamentarias.

Medidas Activas

Impiden activamente los intentos del adversario para lograr información o para engañarle, evitar sabotaje y subversión (varían con la misión de la unidad): contrarreconocimiento, contraespionaje y contrasubversión.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"El tiempo convierte las mentiras en verdades"

Tribunal de juicio | 26-02-2025

Sentencia No. 153 de fecha 18-FEB-2025 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON

Ahora bien, partiendo de los criterios jurisprudenciales expresados en los párrafos anteriores, en concatenación a lo establecido en el numeral 4 del artículo 68 del Código Orgánica Procesal Penal que expresa: “(…) Es de la competencia del tribunal de juicio el conocimiento de: (…) 4. La acción de amparo cuando la naturaleza del derecho o de la garantía constitucional violado o amenazado de violación sea afín con su competencia natural, salvo que el derecho o la garantía se refiera a la libertad y seguridad personal (…)”; se evidencia con meridiana claridad que al ser objeto de pretensión constitucional las presuntas vías de hecho (...) le corresponde el conocimiento del presente amparo constitucional a la jurisdicción penal de esa circunscripción judicial —del estado Bolivariano de Miranda—, específicamente al Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda (...)

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"El tiempo convierte las mentiras en verdades"

Art. 7 | 26-02-2025

Sentencia No. 153 de fecha 18-FEB-2025 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON

Ahora bien, esta Sala juzga conveniente citar el artículo 7 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el cual establece lo que a continuación se trascribe:

“Artículo 7. Son competentes para conocer de la acción de amparo, los Tribunales de Primera Instancia que lo sean en la materia afín, con la naturaleza del derecho o de las garantías constitucionales violados o amenazados de violación, en la jurisdicción correspondiente al lugar donde ocurriere el hecho, acto u omisión que motivaren la solicitud de amparo.

Si un Juez se considerare incompetente, remitirá las actuaciones inmediatamente al que tenga competencia. …omissis…”.

Conforme a la disposición que antecede, son competentes para conocer de las tutelas constitucionales los tribunales de primera instancia afines a la materia, la naturaleza del derecho o de las garantías constitucionales violados o amenazados de violación, en la jurisdicción correspondiente al lugar donde hubiese ocurrido el hecho, acto u omisión que motivare la solicitud de amparo. Es decir, de la citada norma se evidencia claramente que es rectora respecto a la competencia per gradum, ratione materiae y ratione loci, para conocer y decidir la acción de amparo constitucional, cuando son ejercidas autónomamente. (Ver sentencias nros. 1 del 20 de enero de 2000 y 1.046 del 23 de julio de 2012).

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La frase del día 
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Aptitud del juez | 26-02-2025

Sentencia No. 153 de fecha 18-FEB-2025 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON

Así las cosas, conviene acotar que el término “competencia” puede concebirse como la aptitud del juez para ejercer su jurisdicción en un caso determinado, de allí puede inferirse que esta constituye un presupuesto procesal de validez de la relación jurídica procesal, por ello los jueces de la República tienen la obligación de administrar justicia en la medida en que las leyes determinen su ámbito competencial de actuación para conocer del respectivo asunto. La competencia representa así la medida de la jurisdicción, entendiéndose que todos los jueces tienen jurisdicción, pero no todos tienen aptitud para conocer de una causa concreta; por tanto, dicha cualidad viene a señalar los límites de actuación del órgano jurisdiccional, resultando clásica la división de la competencia por concepto de materia, territorio y cuantía, siendo que la competencia por la materia afecta el orden público y vicia de nulidad el juicio, lo cual ha sido así establecido jurisprudencialmente por esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia; a esta institución se aplica el principio “rationae materiae” que se traduce en asumir la función jurisdiccional de acuerdo con la competencia por la materia que tenga establecida un tribunal de primera instancia.

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La frase del día 
"El tiempo convierte las mentiras en verdades"

Contrainteligencia [2] | 26-02-2025

MEDIDAS DE CONTRAINTELIGENCIA

• Negación: sirven para ocultar al enemigo, información sobre nosotros, disciplina de sigilo, seguridad de documentos, camuflaje en el encubrimiento, seguridad de las comunicaciones, censura, medidas de contrarreconocimiento, etc.

• Detección: reconocimiento aéreo y terrestre, investigación del personal, sistema de pases del personal civil, técnicas de santo y seña, etc.

• Medidas de engaño: sirven para desorientar o engañar al infractor, adversario o enemigo, con respecto a nuestros verdaderos planes o intenciones: identificación del objetivo, horario del blanco favorable a nuestras intenciones, coordinación y aprobación con nuestros superiores para evitar malas interpretaciones o interferencias.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"El tiempo convierte las mentiras en verdades"