5 de septiembre de 2016

05-09-2016 Procesal penal (4)

Frase reflexiva:
Experiencia es el nombre que damos a nuestras equivocaciones Oscar Wilde

N° de Expediente: C07-0382 N° de Sentencia: 714
Tema: Debate oral y público
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Interrogatorio-Referencias declaraciones anteriores

...de acuerdo con los principios de oralidad e inmediación, no le es dable al Tribunal de Juicio permitir que las partes en el momento de interrogar a los testigos, funcionarios o víctima, puedan utilizar como referencia declaraciones anteriores de la persona, que va a presentar su testimonio en la etapa del juicio... pues esto no permite que el juez tenga una visión directa de lo expuesto por el mismo...

N° de Expediente: C07-0321 N° de Sentencia: 614
Tema: Debate oral y público
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Delito en audiencia-Procedencia

...la atribución concedida por el legislador al Juez de Juicio en el artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, está relacionada con la intervención del mismo en el supuesto de producirse la comisión en flagrancia de un delito, durante el desarrollo del debate.

Dadas estas condiciones especiales, el legislador le indica al juez, que deberá ordenar el levantamiento del acta correspondiente donde se refleje lo ocurrido, debiendo remitir al Ministerio Público todos los recaudos necesarios para la investigación, permitiéndole al sentenciador ordenar la aprehensión del posible autor del hecho, autoridad que lo pondrá de inmediato a la orden del Representante del Ministerio Público, para que proceda en conformidad a lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.

Frase reflexiva:
Experiencia es el nombre que damos a nuestras equivocaciones Oscar Wilde

05-09-2016 Desarme

Frase reflexiva:
Experiencia es el nombre que damos a nuestras equivocaciones Oscar Wilde

LEY PARA EL DESARME Y CONTROL DE ARMAS Y MUNICIONES
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 40.190
Caracas, lunes 17 de junio de 2013

TÍTULO III
DE LOS PERMISOS DE PORTE Y TENENCIA DE ARMA DE FUEGO

Capítulo II
Procedimientos

Otorgamiento de los permisos
Artículo 34. El órgano de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana con competencia en materia de control de armas, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos precedentes, procederá a verificar la información contenida en la documentación consignada por el interesado y, de ser procedente, expedirá el permiso correspondiente, el cual será entregado personalmente al solicitante en un lapso de sesenta días.

Procedimiento para la renovación de permisos
Artículo 35. Las personas naturales o jurídicas de derecho público o privado, deberán renovar el permiso de tenencia o porte otorgado ante el órgano de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana con competencia en materia de control de armas, treinta días hábiles antes del vencimiento del mismo, debiendo consignar los requisitos establecidos para la renovación de permisos en la presente Ley.

Revocatoria o suspensión de los permisos de porte y tenencia
Artículo 36. La Fuerza Armada Nacional Bolivariana, a través del órgano con competencia  en  materia  de  control  de  armas,  podrá  suspender  o  revocar  el permiso de porte o tenencia, en cualquiera de sus modalidades, de conformidad con lo que disponga el Reglamento la presente Ley.

Frase reflexiva:
Experiencia es el nombre que damos a nuestras equivocaciones Oscar Wilde

05-09-2016 No presente

JUZGAMIENTO PENAL DEL NO PRESENTE

Conclusiones

…no hay inconstitucionalidad alguna en el juzgamiento del no presente contumaz que ahora prevé el Código Orgánico Procesal Penal, y que más bien resulta ello necesario para evitar la inconveniente paralización del proceso, constituyendo éste un instrumento fundamental para la realización de la justicia que debe impartirse en forma oportuna, eficaz y sin dilaciones indebidas.

…no se menoscaba el derecho a la defensa y a ser oído… se le garantiza aún a quien incurre en esa censurable contumacia o rebeldía, para que pueda hacerlo valer a través de la representación que ejercer el defensor de su elección o que en su defecto se le designe, cuando injustificadamente se sustrae de su obligación de concurrir a la audiencia preliminar o las del juicio oral, entendiéndose con ello que renuncia al derecho de estar presente y ser oído personalmente.

…con este posible procesamiento sin la presencia física del imputado a todas las audiencias que lo requieren, respetando siempre sus derechos constitucionales, se trata de poner freno a la conducta de quienes con su injustificada conducta omisiva procuran evadir la acción de la justicia, provocar el cese de medidas de aseguramiento personal, jugar a la prescripción de la acción penal o a la interrupción del debate judicial.

Fuente de la información: Revista del Ministerio Público. Revista Científica Arbitrada. V Etapa No. 13. 2013. pp. 32, 33.

05-09-2016 200 CRBV

Frase reflexiva:
Experiencia es el nombre que damos a nuestras equivocaciones Oscar Wilde

LA INMUNIDAD PARLAMENTARIA

Regulación de las prerrogativas parlamentarias

La inmunidad parlamentaria

La denominada inmunidad parlamentaria, está consagrada… en el artículo 200 de la vigente Constitución Nacional, que textualmente pauta:

Artículo 200. Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o la renuncia del mismo. De los presuntos delitos que cometan los o las integrantes de la Asamblea Nacional conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento. En caso de delito flagrante cometido por un parlamentario o parlamentaria, la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente el hecho al Tribunal Supremo de Justicia.

Los funcionarios públicos o funcionarias públicas que violen la inmunidad de los o las integrantes de la Asamblea Nacional, incurrirán en responsabilidad penal y serán castigados o castigadas de conformidad con la ley.

Bibliografía: LA INMUNIDAD PARLAMENTARIA. Rafael Simón Jiménez M. Vadell hermanos editores. 2011. p. 75.

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Experiencia es el nombre que damos a nuestras equivocaciones Oscar Wilde

05-09-2016 Prerrogativas

Frase reflexiva:
Experiencia es el nombre que damos a nuestras equivocaciones Oscar Wilde

LA INMUNIDAD PARLAMENTARIA

Regulación de las prerrogativas parlamentarias

La irresponsabilidad

El artículo 199 de la Constitución venezolana vigente desarrolla la prerrogativa denominada de la “irresponsabilidad”… la referida norma señala:

Artículo 199. Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional no son responsables por votos y opiniones emitidos en el ejercicio de sus funciones. Sólo responderán ante los electores o electoras y el cuerpo legislativo de acuerdo con esta Constitución y con los reglamentos.

No existe duda de que el fundamento de esta prerrogativa, es la de permitir que el diputado o diputada pueda expresar con toda claridad, y sin temores, condicionamientos, ni consecuencias de ningún tipo, sus votos y opiniones, en ejercicio de la representación popular que ostenta.

Bibliografía: LA INMUNIDAD PARLAMENTARIA. Rafael Simón Jiménez M. Vadell hermanos editores. 2011. p. 65.

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Experiencia es el nombre que damos a nuestras equivocaciones Oscar Wilde

05-09-2016 Parlamentaria

Frase reflexiva:
Experiencia es el nombre que damos a nuestras equivocaciones Oscar Wilde

LA INMUNIDAD PARLAMENTARIA

Definición y contenido

Las funciones, atribuciones y potestades que dentro del estado constitucional corresponden al parlamento, tienen que estar protegidas y resguardadas en su autonomía, eficiencia y cabal desempeño, razón por la cual, los representantes electos para cumplir tales funciones, están amparados por unas garantías a su libre desenvolvimiento que desde el momento mismo en que nació la institución legislativa, los protegen frente a cualquier pretensión de los otros poderes del Estado, por mediatizar, interferir, impedir o desnaturalizar su ejercicio.

Bibliografía: LA INMUNIDAD PARLAMENTARIA. Rafael Simón Jiménez M. Vadell hermanos editores. 2011. p. 15.

Frase reflexiva:
Experiencia es el nombre que damos a nuestras equivocaciones Oscar Wilde

05-09-2016 Inmunidad

Frase reflexiva:
Experiencia es el nombre que damos a nuestras equivocaciones Oscar Wilde

LA INMUNIDAD PARLAMENTARIA

La inmunidad parlamentaria no es un privilegio, ni una ventaja personal de la que se benefician los miembros del Poder Legislativo, sustrayéndose del principio de igualdad ante la ley; es, por el contrario, una protección funcional para asegurar la independencia, autonomía y potestades de un órgano fundamental para el funcionamiento pleno del Estado democrático constitucional.

Bibliografía: LA INMUNIDAD PARLAMENTARIA. Rafael Simón Jiménez M. Vadell hermanos editores. 2011. Contraportada.

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Experiencia es el nombre que damos a nuestras equivocaciones Oscar Wilde

05-09-2016 Constitucional II (25)

Frase reflexiva:
Experiencia es el nombre que damos a nuestras equivocaciones Oscar Wilde

Facultad: Derecho
Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Tema # 8 El Poder Ejecutivo

El Poder Ejecutivo: No es un Poder propiamente dicho, dado que el poder no se divide; sino, lo que se dividen son sus funciones. Es un Poder que nace con la Constitución de 1811; y se ha mantenido vigente hasta el día de hoy. 

Ejercicio del Poder Ejecutivo

- Artículo 225 C.R.B.V: El Poder Ejecutivo se ejerce por el Presidente o Presidenta de la República, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, los Ministros o Ministras y demás funcionarios o funcionarias que determinen esta Constitución y la ley.

Carácter del Presidente de la República

El Presidente de la República tiene un carácter de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno, Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional, autoridad máxima en materia de Política Internacional, dirige acción de gobierno, administrador de la Hacienda Pública.  

Requisitos para ser Presidente de la República (elegibilidad)

Los requisitos me los establece el 227 constitucional, y son los siguientes:

1) Ser venezolano por nacimiento.

2) No poseer otra nacionalidad.

3) Estado seglar, es decir, no haber recibido órdenes sacerdotales.

4) No estar sometido a condena, mediante sentencia firme.

5) Mayor de 30 años de edad.

- Artículo 227 C.R.B.V: “Para ser elegido Presidente de la República o elegida Presidenta de la República se requiere ser venezolano o venezolana por nacimiento, no poseer otra nacionalidad, ser mayor de treinta años, de estado seglar y no estar sometido o sometida a condena mediante sentencia definitivamente firme y cumplir con los demás requisitos establecidos en esta Constitución.

Nota: El Presidente Chávez no fue condenado porque fue objeto del indulto presidencial

Anteriormente la Constitución de 1961 establecía los siguientes requisitos: 

1) Ser venezolano por nacimiento.

2) Mayor de 30 años de edad.

3) De estado seglar.

4) Se agrega por vía de enmienda, no ser condenado mediante sentencia definitivamente firme, a pena de presidio o prisión.

Frase reflexiva:
Experiencia es el nombre que damos a nuestras equivocaciones Oscar Wilde