13 de mayo de 2026

13-5-2026 § cosa juzgada material

Sentencia No. 0436 de fecha 09-ABR-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADO PONENTE: LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS

De allí que, la sentencia de sobreseimiento previamente dictada adquirió el carácter de cosa juzgada material, lo que constituyó un impedimento procesal insuperable para una ulterior persecución penal por los mismos hechos, personas y fundamentos, la Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer (...), al desconocer este efecto, permitió una doble persecución penal que está proscrita por el ordenamiento jurídico. La inobservancia de este principio no solo vulnera la seguridad jurídica, sino que desvirtúa la finalidad de un sistema de justicia que busca la cosa juzgada de las controversias y la protección del ciudadano frente a enjuiciamientos reiterados por una misma causa.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"La vaca bebe agua y la convierte en leche; y la serpiente bebe agua y la convierte en veneno"