Ponencia de la Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
Esta Sala verifica, que tal como fue expuesto anteriormente, el solicitante emplea el avocamiento con una finalidad que no es cónsona con su naturaleza, constatándose que el abogado defensor, elevó la solicitud en estudio contentiva de distintas denuncias, verificándose que en la tercera, plantea una presunta violación del orden público y del debido proceso al omitirse, según su apreciación, la determinación de la existencia del delito de legitimación de capitales, resultando una aseveración que no corresponde ser dilucidada a través de una petición avocatoria, por lo que debe tener en cuenta, que no es la Sala de Casación Penal, a la que le corresponde verificar la subsunción de las conductas desplegadas por los individuos, en un tipo penal, por lo que es oportuno orientar al solicitante, respecto a que existen procedimientos establecidos en nuestro ordenamiento jurídico cuando se considere que están cubiertos los supuestos de la comisión de un hecho punible, por lo que tal fundamento no es válido para sustentar la petición elevada ante la Sala (...)
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Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"El comienzo de la sabiduría es el silencio"