“Hay que dejar quieto a quien está
quieto”
V
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en
nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
1.- Que ES COMPETENTE para conocer y decidir la presente
solicitud de nulidad del acto parlamentario sin forma de ley emanado de la
Asamblea Nacional, consistente en la aprobación del informe final de la
denominada “Comisión Especial para el rescate de la institucionalidad del
Tribunal Supremo de Justicia”, en fecha 14 de julio de 2016, con ocasión de la
Sesión Ordinaria efectuada ese día.
2.- Que ES NULA DE TODA NULIDAD LA “COMISIÓN ESPECIAL
PARA EL RESCATE DE LA INSTITUCIONALIDAD DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA”, así
como el acto de su creación, acciones desplegadas por la misma e informes y
demás instrumentos por ella producidos, los cuales carecen de validez,
existencia y eficacia jurídica.
3.- Que ES NULO EL ACTO PARLAMENTARIO POR MEDIO DEL CUAL
LOS DIPUTADOS Y DIPUTADAS DE LA ASAMBLEA NACIONAL APROBARON EL INFORME
PRESENTADO POR LA ANULADA “COMISIÓN ESPECIAL PARA EL RESCATE DE LA
INSTITUCIONALIDAD DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA”, realizado en la Sesión
Ordinaria de la Asamblea Nacional en fecha 14 de julio de 2016.
4.- Que CUALQUIER COMISIÓN U OTRO ARTIFICIO O ACCIÓN QUE
TENGA EL OBJETO DE ANULAR LA DESIGNACIÓN DE MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS,
SUBVIERTE EL PROCEDIMIENTO CONSTITUCIONAL PARA LA REMOCIÓN DE MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
Y, POR LO TANTO, ES ÍRRITO Y NULO DE
TODA NULIDAD y carente de validez, existencia y eficacia jurídica; y quienes
participen en ellos están sujetos a la responsabilidad penal, civil y
administrativa que corresponda.
5.- Que ES NULA LA CONVOCATORIA REALIZADA POR LA
SECRETARÍA DE LA ASAMBLEA NACIONAL, A LA SESIÓN ORDINARIA DE LA ASAMBLEA
NACIONAL DEL 14 DE JULIO DE 2016, ASÍ COMO LA SESIÓN EN SU INTEGRALIDAD.
6.- Que CARECEN DE VALIDEZ, EXISTENCIA Y EFICACIA
JURÍDICA TODOS LOS ACTOS DICTADOS EN LA SESIÓN ORDINARIA DE LA ASAMBLEA
NACIONAL DEL 14 DE JULIO DE 2016, cuya nulidad absoluta por inconstitucional
fue declarada en el punto precedente.
7.- Que EL ACTO PARLAMENTARIO DICTADO EN LA SESIÓN
EXTRAORDINARIA DEL 23 DE DICIEMBRE DE 2015, EN EL CUAL FUERON DESIGNADOS Y
JURAMENTADOS 34 MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS PARA LLENAR LAS VACANTES EN EL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, CONSERVA SU TOTAL VALIDEZ Y, EN CONSECUENCIA,
PERMANECERÁN EN SUS CARGOS EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA PARA EL PERIODO
CONSTITUCIONAL CORRESPONDIENTE.
8.- SE ORDENA A LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA
NACIONAL, A LOS DIPUTADOS INCURSOS EN LAS IRREGULARIDADES SEÑALADAS EN ESTA
SENTENCIA Y, EN FIN, A ESA INSTITUCIÓN EN GENERAL, ACATAR EL ORDEN DISPUESTO EN LA CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, cuya vigencia y eficacia, ante estos actos
que constituyen evidentes desviaciones
de poder y fraudes constitucionales, será protegida de manera irrestricta por
este Máximo Tribunal de la República, en tutela del Pueblo venezolano y de los
intereses de la Nación, conforme lo preceptúa el artículo 335 de la
Constitución.
9.- SE ORDENA REMITIR COPIA CERTIFICADA DE ESTA SENTENCIA
A LA FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, a los fines jurídicos consiguientes, en
razón de la posible comisión de delitos contra los Poderes Nacionales y contra
la Administración de Justicia, entre otros bienes jurídicos tutelados y otras
formas de responsabilidad jurídica.
10.- LA SALA ACUERDA REMITIR COPIA CERTIFICADA DE LA
PRESENTE SENTENCIA A LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo
ordenado.
Dada, firmada y
sellada en el Salón de Sesiones de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo
de Justicia, en Caracas, a los 19 días del mes de julio de dos mil dieciséis
(2016). Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
N° Sentencia: 614
N° Expediente: 16-0153
Procedimiento: Recurso de Interpretación
Partes: Gabriela Flores Ynserny, Daniel Augusto Flores
Ynserny, Andrea Carolina Flores Ynserny.
Decisión: Se declara nulo el acto parlamentario por medio
del cual las Diputadas y Diputados de la Asamblea Nacional aprobaron el informe
presentado por la anulada "Comisión Especial para el Rescate de la
Institucionalidad del Tribunal Supremo de Justicia".
Ponente: Gladys María Gutiérrez Alvarado
La frase del día:
“Hay que dejar quieto a quien está
quieto”