“Algunas personas quieren que algo
ocurra, otras sueñan con que pasará, otras hacen que suceda” Michael Jordan
N° de Expediente: C11-116 N° de Sentencia: 370
Tema: Recusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Procedencia
Martes, 11 de octubre de 2011
Para la procedencia de la recusación ésta debe ser
presentada de forma escrita ante el funcionario o funcionaria sobre quien se
señale la causal de recusación
N° de Expediente: C11-116 N° de Sentencia: 370
Tema: Recusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: De la Recusación. Objeto
Martes, 11 de octubre de 2011
La recusación es una facultad que va dirigida a
salvaguardar la imparcialidad del funcionario o funcionaria en el proceso
judicial, no debiéndose desprender ningún tipo de actuación, hecho u omisión
atribuible al recusado que pueda comprometer su imparcialidad. Instituyendo en
este sentido la recusación el acto a través del cual el legitimado que es
afectado por la causal taxativa dispuesta por ley, requiere la exclusión del
funcionario o funcionaria inmerso en la misma, y por ende su no participación
en el proceso.
N° de Expediente: C11-116 N° de Sentencia: 370
Tema: Recusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Deber jurídico de presentar informe
Martes, 11 de octubre de 2011
La recusación al juez o jueza que conoce del proceso,
origina el deber jurídico de presentar (sobre ésta) su informe inmediatamente o
al día hábil siguiente de tener conocimiento de ella, constituyendo para el
recusado la única oportunidad de promover las pruebas que considere
pertinentes. De ahí que, su incumplimiento es generador de diferentes tipos de
consecuencias para el recusado.
La frase del día:
“Algunas personas quieren que algo
ocurra, otras sueñan con que pasará, otras hacen que suceda” Michael Jordan