24 de marzo de 2016

24-03-2016 Procesal Penal XIII

N° de Expediente: 99-0605 N° de Sentencia: 337
Tema: Acción Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Constancia de juramento de jueces. Art. 121. LOPJ.
Martes, 21 de Marzo de 2000

no exige el Parágrafo Primero del artículo 121 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que deba dejarse constancia del juramento de los jueces suplentes en cada uno de los expedientes contentivos de los juicios en los cuales conocen o en el texto de las sentencias respectivas.

24-03-2016 Procesal Penal XII

N° de Expediente: CC0019-00 N° de Sentencia: 545
Tema: Acción Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Ejercicio de la acción penal en el proceso penal. Código Orgánico Procesal Penal.
Martes, 02 de Mayo de 2000

conforme al mencionado Código Orgánico Procesal Penal, a quien compete el ejercicio de la acción penal es al Ministerio Público y, en consecuencia formular la acusación respectiva o solicitar el sobreseimiento de la causa.

N° de Expediente: 98-0150 N° de Sentencia: 400
Tema: Acción Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Extinción o caducidad de la acción penal.
Jueves, 30 de Marzo de 2000

para poder llegar a la conclusión de que se ha producido la extinción o caducidad de una acción penal, es necesario previamente declarar comprobado el cuerpo del delito.

N° de Expediente: 90-1570 N° de Sentencia: 338
Tema: Acción Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Ejercicio de la acción penal cuando la victima no puede hacerlo por si misma.
Martes, 21 de Marzo de 2000

cuando la víctima no pueda hacer por sí misma la denuncia o la querella, a causa de su edad o estado mental, el Ministerio Público está en la obligación de ejercer la acción Penal.

24-03-2016 Radiológicos


Radiología Forense

Disciplina que conforma la Ciencias Forenses, la cual utiliza las radiaciones ionizantes o Rx con fines criminalísticos, asistiendo de manera auxiliar a las otras ciencias caben mencionar: Odontología Forense, a la Anatomía Patológica, Medicina Legal o Lesionología y a la Antropología Forense.

En ese sentido los estudios radiológicos son usados tanto en cadáveres y restos óseos (exhumaciones), como en otras estructuras que requieran ser evaluadas, obteniendo así imágenes radiológicas que puedan aportar hallazgos de interés criminalístico, tales como: proyectiles, dediles, cuerpos extraños, fracturas, elementos de identificación como la edad ósea los cuales ayudan a esclarecer un hecho punible.

24-03-2016 Procesal Penal XI

N° de Expediente: C01-0762 N° de Sentencia: 070
Tema: Acción Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Los autos emitidos por el Juez de Ejecución no son recurribles en Casación
Lunes, 18 de Febrero de 2002

cuando el juez de ejecución emite una resolución, se trata de un auto y no de una sentencia como tal, según lo establece el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal cuando dice que se dictará sentencia para absolver, condenar o sobreseer y se dictarán autos para resolver sobre cualquier incidente.

De manera tal, que la decisión que se impugna en este acto no es por su naturaleza recurrible en casación, ya que según el artículo 432 de la impugnabilidad objetiva, las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos y el artículo 459 de las decisiones recurribles, señala que el recurso de casación sólo podrá ser interpuesto en contra de las sentencias de las Cortes de Apelaciones que resuelvan sobre la apelación, o en contra de aquellas decisiones de las cortes de apelaciones que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación.

24-03-2016 Procesal Penal X

N° de Expediente: C02-0036 N° de Sentencia: 002
Tema: Acción Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Ejercicio de la acción Penal
Jueves, 16 de Enero de 2003

El principio acusatorio adoptado en el sistema procesal actual, no resulta viable en un proceso penal sin que medie la acusación del Ministerio Público, salvo en los casos de delito de acción privada, la titularidad y el ejercicio de la acción penal, corresponde a dicha institución. A tal efecto, no tendría ninguna utilidad tratar de imponer al Ministerio Público a través de una sentencia de casación, el ejercicio de la acción penal.

24-03-2016 Medicina Forense


Medicina Forense

La evaluación médica pericial es un acto exclusivo del médico, estando ajustado a los principios éticos y deontológicos contemplados en la Ley del Ejercicio de la Medicina, Código de Deontología Médica y Código de Instrucción Médico Forense. El experto médico forense de la Unidad Criminalística, tiene como misión, la evaluación de los lesionados que son referidos por los Fiscales del Ministerio Público con competencia en materia de Protección de Derechos Fundamentales, a los fines de realizar la valoración del daño corporal en vivos.

Asimismo, realiza el levantamiento del cadáver, el cual tiene por objeto en primer término, la evaluación externa del cadáver, dejando constancia de las características de las lesiones observadas, posible etiología de las mismas, identificación, ubicación y posición del cuerpo, vestimenta, estado de conservación (cadáver de data reciente o en período de descomposición), así como la descripción del entorno en que se encuentra el cadáver (sumergido, al aire libre, enterrado, en lugar caluroso, expuesto a la acción de animales, materiales adheridos, entre otros) que pueda influir en las apreciaciones Médico-Legales tales como la determinación de data y causa de muerte.

Todo levantamiento, debe constar en un “Acta de Levantamiento de Cadáver” la cual debe contener todos los datos obtenidos por el Médico Forense durante la práctica de la diligencia, a los fines de servir como elemento fundamental para el desarrollo de la investigación.

24-03-2016 Procesal Penal IX


N° de Expediente: C03-0098 N° de Sentencia: 147
Tema: Acción Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Ejercicio de la acción penal - Delitos de Instancia privada
Miércoles, 09 de Abril de 2003

El delito imputado al acusado es el de violación y por ende es de instancia privada; pero en el presente caso la víctima es una persona oligofrénica, por tanto no pudo formular por si misma la querella y si tampoco lo hizo su representante legal, corresponde obligatoriamente al Ministerio Público el ejercicio de la acción penal


Oligofrénica: Discapacidad mental.

24-03-2016 Ocupacional

Derecho Penal del Trabajo - Derecho Penal Laboral

V
LAS LEYES PENALES LABORALES

a) Noción de accidente laboral y de enfermedad ocupacional. En principio se debe precisar  qué debe entenderse por accidente laboral y por enfermedad ocupacional, puestos estos dos sucesos son los que eventualmente desencadenarían la responsabilidad penal del empleador. Para lo anterior debe tomarse en consideración dos circunstancias: que la lesión o enfermedad sea por consecuencia del trabajo, cuyas manifestaciones pueden producirse en el sitio y en el momento de prestar el trabajo, o posteriormente; y con ocasión del trabajo cuando la lesión se ha producido en el mismo lugar en donde se presta la labor (García, 2010, 86).

Bibliografía. Derecho Penal del Trabajo. Jorge Rosell Senhenn. Librería J. Rincón. Barquisimeto-Venezuela 2014. p. 60.


24-03-2016 Mendel


Glosario Genética Forense

Acreditación: reconocimiento formal de la aptitud de un laboratorio para realizar un ensayo o conjunto de ensayos determinados.

ADN: El ácido desoxirribonucleico, frecuentemente abreviado como ADN, es un tipo de ácido nucléico, una macromolécula  cuya estructura consiste en una doble hélice  formada por dos cadenas de unos elementos denominados nucleótidos. Contiene la información genética usada en el desarrollo y funcionamiento de las células de todos los organismos vivos conocidos y de algunos virus. Es a través de esta molécula que la información genética se transmite de padres a hijos.

ADNmt: ADN mitocondrial. Es el ADN contenido en la mitocondria y que se transmite de madres a hijos e hijas. Es una molécula circular cuyas características, elevada tasa de mutación y herencia por vía materna, le ha hecho especialmente útil en estudios evolutivos, forenses o de diversidad genética.

Alelo: Formas alternativas en que puede presentarse un gen o un marcador genético.

Análisis interlaboratorios: organización, ejecución y evaluación de análisis sobre muestras o materiales idénticos o similares, realizados por dos o más laboratorios de acuerdo a condiciones predeterminadas.

Analista: individuo que realiza el análisis e interpreta los resultados obtenidos.

Aseguramiento de la Calidad: los planes y acciones sistemáticas necesarias para demostrar que el servicio o producto cumple los requerimientos de calidad especificados.

Auditoría: inspección realizada para evaluar, confirmar o verificar las actividades relativas a la calidad.

Auxiliar o técnico de laboratorio: persona que realiza las técnicas analíticas o maneja las muestras bajo la supervisión de un analista, pero no evalúa los resultados ni prepara o firma informes.

Autosomas: Cualquier cromosoma diferente a los cromosomas sexuales X e Y. Las células somáticas humanas presentan 22 pares de autosomas (44 en total).

Calibración: conjunto de operaciones las cuales establecen la relación entre los valores indicados por un instrumento o sistema de medida, y los correspondientes valores de una muestra conocida.

Cariotipo: Ordenamiento de la constitución cromosómica de un individuo basado en su número y morfología. En el caso de los humanos es 46 XX en el sexo femenino y 46 XY en el sexo masculino.

CODIS: Siglas de “COmbined DNA Index System”. Conjunto estándar de 13 marcadores STR utilizados por los laboratorios de investigación forense para obtener el perfil genético de una muestra biológica sometida a un análisis forense.

Controles negativos de amplificación: muestras que contienen solamente los reactivos para la amplificación, sin adición de ADN, y que se somete a la PCR en las mismas condiciones que el resto de las muestras.

Controles positivos de amplificación: muestras que contienen los reactivos para la amplificación, con adición de ADN de tipado conocido, y que se somete a la PCR en las mismas condiciones que el resto de las muestras.

Coordinador científico: persona responsable de las operaciones técnicas del laboratorio.

Cromatina: material del que están compuestos los cromosomas (ADN y proteínas).

Cromosoma: molécula discreta de cromatina que contiene genes o marcadores genéticos. Se encuentran en el núcleo de las células o en la matriz de las mitocondrias.

Cromosomas sexuales: Cromosomas responsables del sexo de un individuo. En la especie humana se les designa por X e Y. Cualquier célula somática de un varón lleva el par XY, y cualquier célula somática de la mujer lleva el par XX.

Diploide: se refiere al estado de una célula que contiene dos juegos de cromosomas (dos veces el nº cromosómico N característico de una especie). En la especie humana 2n=46 (23 pares de cromosomas). Todas las células somáticas tienen 46 cromosomas.

dNTP (Deoxyribonucleotide Triphosphate): Se distinguen el dATP, dCTP, dTTP y dGTP. El grupo trifosfato se encuentra siempre localizado en posición 5′. Son los precusores utilizados en reacciones de polimerización de DNA. Por ej. en replicación de DNA y ensayos de PCR.

Ejercicio colaborativo: ejercicio interlaboratorio para evaluar un método analítico.

Electroforesis: Es una técnica de laboratorio por la cual mezclas complejas de moléculas como ADN proteínas, etc. se separan entre sí en un campo eléctrico. La separación se realiza en función de la carga de la macromolécula y de su tamaño (peso molecular).

Ensayo: operación técnica que consiste en la determinación de una o varias características de un producto, proceso o servicio dado, de acuerdo con un procedimiento especificado.

Ensayo de aptitud: ejercicio interlaboratorio para evaluar la competencia técnica de los laboratorios participantes.

Enzima de Restricción: Enzima (un tipo de proteína) que es capaz de reconocer una secuencia concreta de ADN, llamada “Diana de Restricción”, y cortar la doble cadena de ADN por dichas dianas. Por ejemplo, la enzima Taq (aislada de la bacteria Termus aquaticus), y que se emplea en la reacción de PCR.

Equilibrio Hardy-Weinberg: Estado de una población ideal en que las frecuencias génicas y genotípicas se mantienen constantes a lo largo de las generaciones. Además, las frecuencias genotípicas están determinadas por las frecuencias génicas, mediante una expresión matemática bien determinada: en el caso de un gen o un marcador con solo 2 alelos, p2 (Homocigoto para un alelo), 2pq (heterocigoto), q2 (homocigoto para el otro alelo), siendo p y q, las frecuencias de los alelos en la población ideal.

Frecuencia alélica: Proporción de individuos de una población que han heredado una mutación o variante génica específica.

Gen: secuencia de ADN que puede codificar una proteína, o una molécula que regula la expresión de otro u otros genes.

Genética Forense: especialidad científica encargada del estudio de identificación genética en el área forense y que aborda la investigación de vestigios biológicos, investigación biológica de la paternidad y de forma general la identificación de individuos.

Genoma: Todo el ADN contenido en un organismo o célula, que incluye tanto los cromosomas dentro del núcleo como el ADN en las mitocondrias.

Genotipo: Conjunto de alelos presentes en cada célula de un individuo. Constitución genética de un organismo. Para un locus particular, los 2 alelos concretos que se encuentran en él.

 Haploide: Se refiere al estado de una célula que contiene solo un juego de cromosomas cuyo número es igual al nº cromosómico característico de una especie. Se representa por la letra n, y en la especie humana ese nº n es 23. Los gametos (óvulos y espermatozoides) son haploides.

Haplotipo.- Es la contracción entre haploide y genotipo. Se utiliza para referirse a una combinación genética concreta en uno de los cromosomas.

Heterocigosidad: Proporción de individuos heterocigotos para un gen o un marcador genético. Este parámetro proporciona una idea de lo polimórfico que puede ser un gen o un marcador genético.

Heterocigoto: Individuo cuyo genotipo para un gen o marcador genético se caracteriza porque sus dos alelos son diferentes.

Homocigoto: Individuo cuyo genotipo para un gen o marcador genético se caracteriza porque sus dos alelos son iguales.

Índice de Paternidad: es un resumen numérico de la fuerza de la evidencia genética para una inclusión entre el padre alegado y el hijo. Se basa en la razón de verosimilitud (LR) que compara que tan probable es el haber observado los alelos compartidos entre el hijo y el padre alegado, si este fuera el verdadero padre versus un hombre no relacionado (al azar) de una misma población.

Informe: documento que presenta los resultados de un ensayo y otras informaciones referentes al mismo.

Kit comercial: conjunto de reactivos preparados para la realización de un análisis y suministrados por una empresa acreditada que los fabrica bajo estrictas normas de calidad.

Locus/Loci: Lugar que ocupa un gen o un marcador en un cromosoma.

Leyes de Mendel o herencia mendeliana: se refiere a los principios básicos que gobiernan la transmisión de los caracteres genéticos de los padres a su progenie, descubiertos por Gregorio Mendel en el siglo XIX.

Marcador genético: Cualquier secuencia de ADN codificante o no, que puede servir para caracterizar a un individuo en una población.

Material de referencia certificado: material o sustancia en la que una o más propiedades son bien conocidas para poder ser utilizado en la calibración de un equipo, asegurar la fiabilidad de una medida o para asignar valores a materiales.

Mitocondria: Orgánulo celular que contiene en su matriz un tipo de ADN circular que se hereda a través de las mujeres exclusivamente. En análisis forense se emplean marcadores genéticos del ADN mitocondrial para rastrear linajes femeninos.

Muestra indubitada: material biológico al cual se le conoce su identidad o se ha establecido su tipicidad.

Mutación: Son básicamente consecuencia de fallos en la reparación del ADN.

Nucleótido: Unidad básica del ADN. Consiste en la unión de un glúcido (pentosa), un ácido fosfórico y una base nitrogenada.

PCR: Siglas de Polymerase Chain Reaction (Reacción en Cadena de la Polimerasa) Procedimiento de laboratorio que permite sintetizar ADN “in vitro”. Permite obtener un número muy elevado de copias de un segmento de ADN (amplificación de ADN) en un tiempo muy corto, a partir de una pequeña cantidad de ADN.

Personal de apoyo en el laboratorio: individuos que realizan funciones complementarias definidas, pero no analizan muestras.

Perfil Genético: conjunto de genotipos que muestra un individuo para un conjunto de marcadores (típicamente los 13 STR’s que constituyen el CODIS)

Población ideal: Población “infinitamente grande”, en la que, para un determinado marcador genético o un gen, los cruzamientos son aleatorios, y sobre la que no actúan “fuerzas microevolutivas” (mutación, migración, selección natural, deriva genética).

Polimorfismo: Característica de un gen/marcador que presenta más de 1 alelo en una población. En el análisis forense se utilizan marcadores muy polimórficos.

Políticas de Calidad: Son establecidas por la Jefatura como medio para llegar a los objetivos de calidad, satisfacer requerimientos de acreditación.

Polymerase Chain Reaction (PCR): amplificación de ADN mediante un sistema enzimático por el cual una región específica de ADN se multiplica mediante ciclos repetitivos.

Primer (Cebador): Una secuencia corta de oligonucleótidos que se utiliza en la reacción en cadena de la polimerasa (PCR) para la creación de moléculas más largas de ADN.

Procedimiento analítico: secuencia de operaciones y actividades necesarias para la realización de un ensayo de laboratorio.

Procedimiento normalizado de trabajo (PNT): documento escrito que contiene una descripción detallada de un procedimiento analítico, encaminado a normalizar las operaciones y minimizar los errores.

Pruebas de Competencia o Aptitud: pruebas utilizadas para controlar el aseguramiento de la calidad e identificar áreas que requieren mejoramiento en un laboratorio. Estas pruebas pueden ser internas si son preparadas y administradas por el laboratorio o externas si proceden de una agencia o laboratorio externo.

Prueba forense de ADN: identificación y evaluación de evidencia biológica mediante tecnologías que utilizan ADN.

Razón de Verosimilitud: o Likelihood Ratio (LR), es el coeficiente de dos probabilidades de un mismo evento bajo dos hipótesis diferentes. Usualmente en numerador contiene la hipótesis del acusador y el denominador la hipótesis de la defensa.

Reactivos críticos: Reactivos determinados mediante la práctica rutinaria o con estudios empíricos y que requieren probarse en muestras previamente conocidas antes de utilizarse en el análisis de evidencias para evitar la pérdida innecesaria de la muestra.

Replicabilidad: parámetro de calidad de un método que mide el grado de concordancia de los resultados de un análisis mediante sucesivas medidas realizadas en una misma muestra de ensayo, por un mismo analista, con un mismo método, en el mismo equipo, en el mismo momento.

Repetibilidad: parámetro de calidad de un método que mide el grado de concordancia de los resultados de un análisis mediante medidas realizadas en porciones alícuotas de la misma muestra con un mismo método, llevadas a cabo por el mismo analista, en el mismo equipo, dentro de un corto espacio de tiempo.

Reproducibilidad: parámetro de calidad de un método que mide el grado de concordancia de los resultados de un análisis mediante medidas realizadas en porciones alícuotas de la misma muestra con un mismo método, llevadas a cabo en otro laboratorio (distinto analista, distinto equipo, distinto momento).

Revisión técnica: Evaluación de reportes, notas, datos y otros documentos para asegurar que hay bases suficientes y apropiadas para las conclusiones científicas. Esta revisión es realizad[1]a por otro individuo cualificado.

RFLP: Siglas de “Restriction Fragment Length Polymorphism” (Polimorfismos de Longitud de Fragmentos de Restricción). Tipo de marcador polimórfico de ADN consistente en variaciones en la longitud (nº de nucleótidos) de un segmento de ADN, generado al actuar una enzima de restricción sobre el ADN total de una célula.

STR: Tipo de ADN repetitivo. Siglas de “Short Tandem Repeats” (Repeticiones Cortas en Tandem). Tipo de marcador polimórfico de ADN cuyos alelos consisten en variaciones en el número de veces que se repite consecutivamente una secuencia básica de nucleótidos de entre 2 y 6. En los análisis forenses se utilizan STR’s cuya secuencia básica es de 4 nucleótidos.

Técnico: individuo que realiza técnicas analíticas en muestras forenses, bajo supervisión de un analista cualificado y realiza análisis de ADN en muestras para incluirlas en una base de datos. El técnico no evalúa no emite conclusiones ni prepara reportes finales.

Validación: proceso por el cual se evalúan las características de un procedimiento para determinar la eficacia y exactitud para el uso asignado.

Verificación comprobación independiente llevada a cabo por una segunda hallazgos de la primera.

VNTR: Tipo de ADN repetitivo. Siglas de “Variable Number of Tandem Repeats” (Número Variable de Repeticiones en Tandem). Tipo de marcador polimórfico de ADN cuyos alelos consisten en variaciones en el número de veces que se repite consecutivamente una secuencia básica de nucleótidos de entre 7 y 100. Cada vez menos utilizados en genética forense.

24-03-2016 Penales Laborales

Derecho Penal del Trabajo - Derecho Penal Laboral

V
LAS LEYES PENALES LABORALES

2) Las hipótesis penales previstas en la Lopcymat. Este punto se dividirá en cuatro aspectos: la noción de accidente laboral y enfermedad ocupacional; las acciones que constituyen delitos y que provienen de la causación de muertes, lesiones discapacitantes por accidentes laborales o por enfermedades ocupaciones; el delito de corrupción; y las acciones que se penalizan debido a la inobservancia de órdenes administrativas.

Bibliografía. Derecho Penal del Trabajo. Jorge Rosell Senhenn. Librería J. Rincón. Barquisimeto-Venezuela 2014. pp. 59, 60.

24-03-2016 Centrifuga


Genética Forense cuenta con el siguiente equipamiento tecnológico:

Mini Centrifuga:

(Marca ORTOALRESA, modelo BIOCEN21 hasta 14.000rpm), posee un panel de mandos digital, de diseño ergonómico que permite una rápida lectura y su manipulación con guantes. Está dotada de motor de inducción, libre de mantenimiento, que le permite alcanzar hasta 6.000 R.P.M., con una F.C.R. 3.502 x g. pudiendo centrifugar hasta 12 tubos de 5 ml. Tiene numerosas aplicaciones de biología molecular gracias a su facilidad y versatilidad de uso, básicamente encuentra su utilidad en la separación por las altas prestaciones y fiabilidad en el proceso de centrifugado.

Campana de Flujo Laminar/cabina de seguridad Biológica:

(Marca EUROAIRE TDI tipo II, modelo CSB120), este instrumento garantiza la existencia de ambientes controlados, indispensables para realizar actividades que por sus características permiten minimizar la contaminación biológica.

Lámparas empotradas de luz Ultra violeta tipo 'C':

La radiación ultravioleta, cuya longitud de onda está comprendida aproximadamente entre los 400 nm y los 15 nm, donde su aplicación es la esterilización del área de trabajo, eliminando bacterias y virus sin dejar residuos, así como material genético en forma de aerosoles.

Nevera marca Fisher Scientific modelo Isoterm y Ultracongelador:

El Laboratorio de Genética Forense cuenta actualmente con  tres (3) equipos capaces de mantener las muestras y reactivos almacenados en su interior, a temperaturas entre -80 °C y -4 °C

24-03-2016 Video X


Descriptores: criminología, socioculturales, Lev Vygotsky, reacción social, funciones mentales, conflicto cultural, sociocultural, medios de comunicación, factores, criminalidad, económicos, familiares, hogares insuficientes, hogares divorciados, Beccaria, vandalismo, bullying.

24-03-2016 Dolo Eventual

Derecho Penal del Trabajo - Derecho Penal Laboral

V
LAS LEYES PENALES LABORALES

Incurre en dolo eventual aquel sujeto que sin querer producir el daño de manera intencional, se representa en este caso la muerte o las lesiones, y acepta dicho resultado: no quiso intencionalmente el resultado, pero no le importó si éste se producía, pues “a sabiendas” del peligro no hizo nada a fin de evitarlo.

El empleador a sabiendas del riesgo que corre el trabajador se muestra indiferente ante la eventual producción de su muerte o lesiones, pues nada hace para cambiar las condiciones laborales peligrosas.

Bibliografía. Derecho Penal del Trabajo. Jorge Rosell Senhenn. Librería J. Rincón. Barquisimeto-Venezuela 2014. p. 58.

Fuente de la imagen.

24-03-2016 Procesal Penal VIII


N° de Expediente: 04-0412 N° de Sentencia: 152
Tema: Acción Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Nombramiento del defensor, la juramentación, la imputación y la declaración.
Lunes, 02 de Mayo de 2005

La Sala aclara que las figuras jurídicas del nombramiento del defensor, la juramentación, la imputación y la declaración se encuentran previstas en el Código Penal adjetivo de forma diseminada, por lo cual debe el intérprete hacer labor exegética, por una parte; y por la otra, interpretar en conjunto, en atención a los principios y garantías procesales, a fin de llenar los vacíos o dudas que pudiera presentar el articulado.

24-03-2016 Fotodocumentación


Genética Forense cuenta con el siguiente equipamiento tecnológico:

Sistema de fotodocumetación de Alta resolución, Serie GEL PRINTER:

(Marca TID, potencia máx.: 500w), combina una caja de aislamiento con sistema conmutado de iluminación para luz blanca y ultravioleta. Posee Cámara de Diodos Computarizados (CCD) de alta resolución (1360 x 1024 píxeles) y elevado rango dinámico (10 bits, 1024 niveles de gris), zoom 8-48 mm F1:1.0. Transmisión ultravioleta, y software para imágenes de muy fácil manejo, obteniendo la mayor flexibilidad para la documentación o cuantificación de tipo de gel (bromuro de etidio).

Sistema de Baño María al seco para microtubos:

(Marca Fisher Scientific modelo ISOTEMP 2056FS), es para tubos con control de temperatura, utiliza unos mini bloques fundidos en aluminio de fácil intercambio, limpieza y versatilidad, acomoda bloque para tubos de diversos diámetros y cantidades.

24-03-2016 Procesal Penal VII


N° de Expediente: 04-0571 N° de Sentencia: 224
Tema: Acción Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Autos no apelables - Incidencia de recusación e inhibición - Corte de Apelaciones
Jueves, 19 de Mayo de 2005

Los autos que resuelven las incidencias de recusación o inhibición de los integrantes de las Cortes de Apelaciones, no son apelables, por no existir ley que así lo disponga.

24-03-2016 Termociclador




Genética Forense cuenta con el siguiente equipamiento tecnológico:

Analizador Genético 3130XL:

 (Marca Applied Biosystem/ Hitachi, Modelo 628-0040), este equipo permite elaborar perfiles genéticos de muestras biológicas, obtenidas mediante evidencias colectadas en labores de campo; así como muestras colectadas a víctimas e imputados, obteniendo así, los resultados específicos de dicho perfil genético. Así mismo, éste equipo revela el orden de la secuencia de bases de una determinada región, normalmente delimitada previamente por PCR. Puede hacerse de forma manual o automática. En Medicina Forense se aplica, fundamentalmente, para el análisis del ADN mitocondrial, Polimorfismos Autosómicos, Cromosoma Y, por sus especiales características. Dicho equipo, posee un software GeneMapper ID, que permite generar análisis de muestras forenses.

Termociclador convencional y en tiempo real (PCR 7500):

(Marca Applied Biosystem, Modelo FT/IR-4100), este equipo permite la cuantificación de ADN humano, esencial para el funcionamiento óptimo de polimorfismos STR, a través del kit Quantifiler, se logra cuantificar con rapidez y precisión el ADN humano. Validado como parte de un sistema integrado, tecnología PCR (Reacción en Cadena de la Polimerasa), en tiempo real para la detección específica del ADN humano y/o masculino en las muestras que pueden variar ampliamente, en cuanto a la calidad y concentración de ADN. También, utiliza un láser para emitir la luz que excita al fluoróforo y la tecnología de las Cámaras de Diodos Computarizadas (CCD), para determinar la fluorescencia emitida a distintas longitudes de onda en función del fluoróforo que se utilice. La cámara CCD es multicanal, lo que le permite realizar varios análisis simultáneos en el mismo tubo de PCR.

24-03-2016 Procesal Penal VI


N° de Expediente: C05-0063 N° de Sentencia: 335
Tema: Acción Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Actos procesales de adquisición de pruebas.
Martes, 07 de Junio de 2005

Conforme al principio de concentración, los actos procesales de adquisición de pruebas deben realizarse bien sea en una sola audiencia o en audiencias sucesivas, de manera que dé la oportunidad de intervenir en forma permanente y la colaboración sin trabas de quienes participan en el proceso, y es de tal importancia la consecutividad de la audiencia que se sanciona la suspensión que se extiende por más de diez días (artículos 335 y 337 del Código Orgánico Procesal Penal).

24-03-2016 Desacato

Derecho Penal del Trabajo - Derecho Penal Laboral

IV
CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO PENAL LABORAL

G) EL PRINCIPIO DE LESIVIDAD

Este principio nos indica que debe haber una lesión del bien jurídico protegido o haberlo puesto en peligro real. Lo que se protege no es el sistema jurídico en sí, no se castiga la mera desobediencia a la normativa estatal, se protege el bien jurídico y se sanciona la lesión de éste, lesión que constituye el injusto que ha de castigarse. Consecuentemente se concluye en que “…el Derecho Penal protege bienes jurídicos y por tanto la intervención punitiva del Estado sólo se produce frente a la afección afectiva de ellos” (Busto, 1985, 110). Lo anterior concuerda con el artículo 89-1 de la Constitución, regulatorio de las relaciones laborales, el cual ordena privilegiar la realidad sobre las formas: no sólo debe evidenciarse que el hecho asume la forma de la hipótesis descrita en la ley, sino también que en la realidad causó una lesión al bien jurídico.

Desacato: la conducta incriminada consiste en no obedecer el mandamiento de la autoridad.

Disposición Tansitoria Novena de la Lopcymat que prevé pena de uno a dos años de prisión por no dar aviso en la oportunidad que fija la ley, a la autoridad administrativa, de la muerte sufrida por un trabajador en su labor y el artículo 538 de la LOTTT en el cual se sanciona con arresto de seis a quince meses a aquella persona “…que incumpla u obstruya la ejecución de los actos emanados de las autoridades administrativas del trabajo…”. Sin duda alguna el mandato de estas normas constituye violaciones evidentes del principio antes señalado, siendo un claro ejemplo de Derecho Penal autoritario

Bibliografía. Derecho Penal del Trabajo. Jorge Rosell Senhenn. Librería J. Rincón. Barquisimeto-Venezuela 2014. pp. 54, 55.
 

24-03-2016 Baño María


Genética Forense cuenta con el siguiente equipamiento tecnológico:

Analizador Genético 3130XL:

Termociclador convencional y en tiempo real (PCR 7500):

Sistema de fotodocumetación de Alta resolución, Serie GEL PRINTER:

Sistema de Baño María al seco para microtubos:

Mini Centrifuga:

Campana de Flujo Laminar/cabina de seguridad Biológica:

Lámparas empotradas de luz Ultra violeta tipo 'C':

Nevera marca Fisher Scientific modelo Isoterm y Ultracongelador:

24-03-2016 Procesal Penal V


N° de Expediente: C06-0155 N° de Sentencia: 237
Tema: Acción Penal
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Prohibición de apelar del auto de apertura a juicio. (REITERA CRITERIO DE LA SALA CONSTITUCIONAL SENTENCIA N° 1303 del 20-06-2005, ponencia del Magistrado Francisco Carrasquero López)
Lunes, 29 de Mayo de 2006

Como se observa, el transcrito artículo en su último aparte estableció la prohibición de apelar del auto de apertura a juicio, el cual no es más que una decisión interlocutoria que determina el objeto del juicio y hace precluir la fase intermedia del proceso, para impulsar a éste hacia la fase del juicio oral.
Aceptar que el auto de apertura a juicio es apelable, atentaría contra el principio de impugnabilidad objetiva establecido en el artículo 432 del Código Orgánico Procesal Penal, según el cual las decisiones judiciales serán recurribles únicamente por los medios y en los supuestos expresamente establecidos en dicho Código. Lo anterior debe concatenarse con lo dispuesto en el artículo 437, literal “c”, eiusdem, el cual establece como causal de inadmisibilidad de los recursos, que la decisión recurrida sea inimpugnable o irrecurrible por disposición expresa del mismo Código.


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