LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL
Principios Fundamentales - 1
El ejercicio de la justicia emana del pueblo y se realiza por los órganos del Poder Judicial, el cual es independiente de los demás órganos del Poder Público. Sus deberes y atribuciones son los definidos por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; los tratados; acuerdos y convenios internacionales suscritos por Venezuela; por la Ley Orgánica del Poder Judicial y las demás leyes, y a ello debe sujetarse su ejercicio.
Para asegurar la independencia del Poder Judicial sus órganos gozarán de autonomía funcional, económica y administrativa en los términos determinados por la Ley Orgánica del Poder Judicial y las demás leyes.
Blog con fines de investigación de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, y lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel
30 de noviembre de 2013
Medicina Legal XII
MEDICINA LEGAL
MEDICINA LEGAL. JOSÉ FÉLIX MARTÍN CORONA. EDICIONES LIBRERÍA DESTINO, 6TA EDICIÓN
Decálogo médico legal
Hay ciertos principios para la actuación de los médicos legistas que hay que tener siempre presente, y son:
1º El médico legista (forense) debe actuar siempre con la ciencia del médico, la veracidad del testigo y la ecuanimidad del juez.
2º Debe actuar con perspicacia e independencia en sus actos, lo que se traduce en que "debe abrir bien los ojos y cerrar los oídos".
3º Debe tener presente el valor de la excepción.
4º Debe tener una sana desconfianza en los signos.
5º El médico forense debe actuar con procedimiento metódico: no admitir, sino aquello que se manifiesta como real y evidente, dividir dificultades y resolver primero lo más sencillo.
6º No debe confiarse en su memoria.
7º. Debe tener presente la característica de la irreversibilidad de un peritaje.
8º Debe pensar con claridad para escribir con precisión.
9º Debe hacer una valoración de palabras.
Referencia bibliográfica. Medicina Legal, José Félix Martín Corona, Ediciones Librería Destino, 2008, P. 66.
MEDICINA LEGAL. JOSÉ FÉLIX MARTÍN CORONA. EDICIONES LIBRERÍA DESTINO, 6TA EDICIÓN
Decálogo médico legal
Hay ciertos principios para la actuación de los médicos legistas que hay que tener siempre presente, y son:
1º El médico legista (forense) debe actuar siempre con la ciencia del médico, la veracidad del testigo y la ecuanimidad del juez.
2º Debe actuar con perspicacia e independencia en sus actos, lo que se traduce en que "debe abrir bien los ojos y cerrar los oídos".
3º Debe tener presente el valor de la excepción.
4º Debe tener una sana desconfianza en los signos.
5º El médico forense debe actuar con procedimiento metódico: no admitir, sino aquello que se manifiesta como real y evidente, dividir dificultades y resolver primero lo más sencillo.
6º No debe confiarse en su memoria.
7º. Debe tener presente la característica de la irreversibilidad de un peritaje.
8º Debe pensar con claridad para escribir con precisión.
9º Debe hacer una valoración de palabras.
Referencia bibliográfica. Medicina Legal, José Félix Martín Corona, Ediciones Librería Destino, 2008, P. 66.
Actos
DERECHO PENAL - MATERIA SUSTANTIVA
Libro Segundo. De las diversas especies de delito
Código Penal venezolano - 154
De los delitos contra el derecho internacional
Actos de hostilidad. Las penas fijadas en el 153 se aumentarán en una tercera parte si los actos hostiles contra la nación amiga o neutral, han expuesto a Venezuela al peligro de una guerra internacional o han hecho romper las relaciones amistosas del Gobierno de la República con el de aquella nación.
Se aplicarán dobladas las susodichas penas si por consecuencia de los actos mencionados, se le ha declarado la guerra a la República.
Libro Segundo. De las diversas especies de delito
Código Penal venezolano - 154
De los delitos contra el derecho internacional
Actos de hostilidad. Las penas fijadas en el 153 se aumentarán en una tercera parte si los actos hostiles contra la nación amiga o neutral, han expuesto a Venezuela al peligro de una guerra internacional o han hecho romper las relaciones amistosas del Gobierno de la República con el de aquella nación.
Se aplicarán dobladas las susodichas penas si por consecuencia de los actos mencionados, se le ha declarado la guerra a la República.
Interposición
DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA
Libro Cuarto
Código Orgánico Procesal Penal - 440
De la apelación. De la apelación de autos
Interposición. El recurso de apelación se interpondrá por escrito debidamente fundado ante el tribunal que dictó la decisión, dentro del término de cinco días contados a partir de la notificación.
Cuando el recurrente promueva prueba para acreditar el fundamento del recurso, deberá hacerlo en el escrito de interposición.
Libro Cuarto
Código Orgánico Procesal Penal - 440
De la apelación. De la apelación de autos
Interposición. El recurso de apelación se interpondrá por escrito debidamente fundado ante el tribunal que dictó la decisión, dentro del término de cinco días contados a partir de la notificación.
Cuando el recurrente promueva prueba para acreditar el fundamento del recurso, deberá hacerlo en el escrito de interposición.
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