30 de noviembre de 2013

Interposición

DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA

Libro Cuarto

Código Orgánico Procesal Penal - 440

De la apelación. De la apelación de autos

Interposición. El recurso de apelación se interpondrá por escrito debidamente fundado ante el tribunal que dictó la decisión, dentro del término de cinco días contados a partir de la notificación.

Cuando el recurrente promueva prueba para acreditar el fundamento del recurso, deberá hacerlo en el escrito de interposición.

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