3 de junio de 2017

3/6/2017 Notificación [2]

La frase del día:
El que recibe lo que no puede pagar, engaña.Séneca

N° de Expediente: C08-332 N° de Sentencia: 261
Tema: Notificación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Notificación de las sentencias condenatorias
Lunes, 12 de julio de 2010    

La notificación de las sentencias condenatorias, son personalísimas y requieren necesariamente la presencia del imputado, debido a que el proceso penal encierra una serie de actos que no es delegable en mandatarios tal facultad, en virtud de la garantía efectiva del derecho a ser oído y a la defensa.

La frase del día:
El que recibe lo que no puede pagar, engaña.Séneca

3/6/2017 revisión -3-

N° de Expediente: C10-182 N° de Sentencia: 387
Tema: Recurso de Revisión
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Inimpugnabilidad de la resolución
Miércoles, 18 de agosto de 2010

... el recurso de revisión de un procedimiento especial no está señalada en la Ley adjetiva Penal, la posibilidad de interponer algún recurso en contra de su negativa...

3/6/2017 revisión -2-

N° de Expediente: C10-182 N° de Sentencia: 387
Tema: Recurso de Revisión
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Recurso de Revisión
Miércoles, 18 de agosto de 2010

... el recurso de revisión es un procedimiento especial que procede contra las sentencias firmes, las cuales, a pesar de haberse verificado notablemente la cosa juzgada, son revisadas por los tribunales, a fin de corregir un error judicial, siempre y cuando concurra alguna de las causales señaladas en el artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal.

3/6/2017 revisión

N° de Expediente: 13-198 N° de Sentencia: 292
Tema: Recurso de Revisión
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Conocimiento del recurso de revisión por la sala penal. Competencia
Martes, 06 de agosto de 2013

...le corresponde el conocimiento del recurso de revisión a la Sala de Casación Penal, cuando se haya condenado a dos o más personas como autoras de un delito que exclusivamente puede ser cometido por una, de manera tal que dichas autorías se excluyan entre sí, ya sea en el mismo proceso o en distintos...

3/6/2017 Notificación

La frase del día:
El que recibe lo que no puede pagar, engaña.Séneca

N° de Expediente: 10-0839 N° de Sentencia: 1094
Tema: Notificación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: La Sala establece garantías mínimas para asegurar el fin perseguido en el artículo 328 del Código Orgánico Procesal Penal
Martes, 13 de julio de 2011  

“De allí que resulte necesario establecer unas garantías mínimas para asegurar el fin perseguido por el artículo 328 del Código Orgánico Procesal Penal. En tal sentido, esta Sala establece, con carácter vinculante para las otras Salas de este Tribunal Supremo de Justicia y demás tribunales de la República que, de acuerdo a la complejidad y a las particularidades de cada caso concreto, una vez practicadas las notificaciones para la realización de la audiencia preliminar, los jueces deberán garantizar un lapso suficiente para el pleno ejercicio de los derechos y garantías constitucionales de las partes en el proceso, teniendo presente que, en ningún caso, dicho lapso podrá ser inferior a cinco (5) días hábiles”.

La frase del día:
El que recibe lo que no puede pagar, engaña.Séneca