20 de marzo de 2017

20/3/2017 P. Penal III [18]

La frase del día:
La ley debe ser como la muerte, que no exceptúa a nadie.Montesquieu

Guía de Derecho Procesal Penal III

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

TEMA 4 DESARROLLO DEL DEBATE

DELITO EN AUDIENCIA

Es una incidencia que se presenta en el juicio. Comúnmente el que más se da, es el delito de falso testimonio.

El juez tiene que ser muy precavido aquí.

NUEVA CALIFICACIÓN JURÍDICA

La nueva calificación jurídica se da sobre el mismo hecho; versa sobre el mismo hecho.

Durante la evacuación de las pruebas cualquiera de las partes puede pedir un cambio de calificación jurídica. Si no se hace en ese momento, ya no se puede pedir nuevamente el cambio de calificación jurídica.

Si ninguna de las partes solicita el cambio de calificación jurídica, él de oficio lo puede advertir.

Cualquiera de las partes puede advertir el cambio de calificación jurídica.

En el caso de que haya una nueva calificación, se puede presentar pruebas nuevas; los hechos nuevos permiten pruebas nuevas.

AMPLIACIÓN DE LA ACUSACIÓN

Ocurre cuando durante el desarrollo del debate apareció un hecho nuevo y hay que promover pruebas nuevas.

Se da cuando aparecen hechos distintos con relación a lo que estaban en la acusación.

En este caso, se suspende la audiencia preliminar para promover pruebas nuevas.

La frase del día:
La ley debe ser como la muerte, que no exceptúa a nadie.Montesquieu

20/3/2017 P. Penal III [17]

La frase del día:
La ley debe ser como la muerte, que no exceptúa a nadie.Montesquieu

Guía de Derecho Procesal Penal III

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

TEMA 4 DESARROLLO DEL DEBATE

RECEPCIÓN DE PRUEBAS - ORDEN DE LA EVACUACIÓN DE PRUEBAS: EXPERTOS, PERITOS, TESTIGOS, PRUEBA DOCUMENTAL, EXHIBICIÓN DE OBJETOS

El orden de la evacuación de pruebas es: expertos, peritos, testigos, prueba documental y exhibición de objetos.

Expertos.-

Se tiene que promover la experticia como prueba documental y al experto se promueve como prueba de experto. Si no es así, la palabra del experto no tiene valor.

Se promueve al experto y a la experticia, para que el contenido de la prueba escrita tenga valor. La excepción es en caso de la experticia sola de droga, la misma puede ser valorada por el juez sin el experto; de igual forma el protocolo de autopsia.

El juez tiene la potestad de ordenar hacer comparecer al experto por medio de la fuerza pública cuando esté debidamente notificado.

Nota.- Solamente las que acreditan responsabilidad penal deben estar acompañadas por el experto.

Peritos.-

Aquellas personas que tienen un conocimiento científico de una materia en específico.

Testigos.-

Los testigos tienen que estar uniformes en la declaración que darán. Ellos están obligados a responder las preguntas diciendo la verdad; porque si no, pueden cometer el delito de falso testimonio.

Cuando son varios testigos, se evita que ellos tengan comunicación entre sí.

Tienen conocimiento del hecho delictivo a través de los sentidos.

Careo de testigo = Se ponen frente a frente los testigos para contradecirse las versiones.

Nota.- La parte es la que está obligada a llevar su testigo en el juicio oral y público.

Prueba documental.-

Exhibición de objetos.-

Una vez que se exhiben los objetos, se declara terminado el lapso probatorio. Ya no hay oportunidad legal para que se incorpore más prueba.

Nota.- Ese orden establecido puede variar; la alteración del orden no impide su valoración.

Nota.- Las partes pueden pedir que se altere el orden o el juez puede hacerlo de oficio.

Nota.- El juicio se puede suspender una vez por la incomparecencia del experto.

La frase del día:
La ley debe ser como la muerte, que no exceptúa a nadie.Montesquieu

20/03/2017 Tributarios [9]

La frase del día:
La ley debe ser como la muerte, que no exceptúa a nadie.” Montesquieu

Delitos tributarios

- Para que el SENIAT pueda fiscalizar debe tener providencia.

- Cuando hay reincidencia, aplica una agravante.

- El daño patrimonial que se le causa al Estado es vital para imponer el castigo.

- Debe haber proporcionalidad.

- Reparar.

- Se calculan intereses adicionales, se hace un reajuste.

- Evasión.

Fuente:
Curso “Delitos tributarios”. FUNDAFISCAL.

La frase del día:
La ley debe ser como la muerte, que no exceptúa a nadie.” Montesquieu