23 de diciembre de 2014

Tips VI

TIPS SENCILLOS Y FÁCILES DE RECORDAR

 DE COMPRAS

1. Procure llevar consigo cantidades razonables de dinero. Evite salir sin nada de efectivo, porque si el delincuente no logra alcanzar su objetivo de robar, se exacerbará e indudablemente ese comportamiento tendrá consecuencias nefastas para usted.

2. Si usa tarjetas de crédito o débito, trate de mantenerlas bajo su campo visual dentro de la cartera.

3. En lo posible, cancele sus compras, incluyendo pagos en restaurantes, con tarjetas de crédito o débito.

4. En caso de trasladarse en vehículo para hacer compras, escoja un sitio con estacionamiento vigilado. Si va a pie, minimice el tiempo de exposición en la calle con bolsas de compras. Llamará la atención de inmediato.

Fuente: GUÍA ANTICRIMEN. Iván Simonovis. p.43. Caracas-Venezuela. Septiembre, 2011.

113

Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones

TÍTULO V 
DE LAS SANCIONES

Capítulo II
Sanciones Penales

Artículo 113. Porte de Arma de Fuego en Lugares Prohibidos


Quien lleve consigo un arma de fuego o municiones, en reuniones, manifestaciones o espectáculos públicos, eventos deportivos, marchas, huelgas, mítines, obras civiles en construcción, procesos electorales o refrendarios, instituciones educativas, centros de salud o religiosos, terminales de pasajeros, unidades de transporte público interurbano, así como en lugares de expendio y consumo de bebidas alcohólicas, independientemente del tipo de permiso que le haya sido otorgado, será sancionado con prisión de cuatro a ocho años.

La pena se incrementará en una cuarta parte, si quién lleva consigo tales armas se encuentra bajo los efectos de bebidas alcohólicas o estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

Fuente: Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones. Gaceta Oficial N° 40.190 de fecha 17 de Junio de 2013. p.56.