4 de agosto de 2017

4/8/2017 Nulidad absoluta

La frase del día:
…haciendo leña del árbol caído…

Tribunal de Caracas decreta la nulidad absoluta de solicitud de suspensión de la instalación de la ANC

El Tribunal 6° de Primera Instancia en Funciones del Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas decreta la nulidad absoluta de la solicitud incoada por representantes del Ministerio Público (MP) contra la instalación de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC).

El juzgado declaró nula la petición del MP consistente en suspensión provisional e inmediata del acto de totalización, adjudicación, proclamación e instalación de la ANC y el resguardo del material electoral, de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y 175 del Código Orgánico Procesal Penal.

En la decisión del tribunal de control se indica que no se evidencia que en la solicitud se haya dictado la correspondiente Orden de Inicio de Investigación, situación que imposibilita al juzgado determinar de manera inequívoca que es una investigación de carácter penal, siendo un requisito indispensable para determinar la competencia del órgano jurisdiccional, requisito que no puede ser inobservado, por ser la competencia por la materia un requisito de orden público, en consecuencia, el juzgado declaró nula la petición.


La frase del día:
…haciendo leña del árbol caído…

4/8/2017 Prescripción [3]

La frase del día:
…haciendo leña del árbol caído…

N° de Expediente: C10-260 N° de Sentencia: 030
Tema: Prescripción
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Prescripción ordinaria y extraordinaria
Martes, 11 de febrero de 2014

...la ley sustantiva penal contempla la prescripción ordinaria cuyo curso puede ser interrumpido, el cual nuevamente comenzará a computarse desde el día de la interrupción, conforme al lapso previsto en el artículo 108 del Código Penal, y la prescripción extraordinaria o judicial contenida en la parte in fine del segundo párrafo del artículo 110 eiusdem, que se verifica por el solo transcurso de un determinado tiempo, esto es, el de la prescripción aplicable más la mitad del mismo, siempre y cuando la prolongación del juicio por ese tiempo se haya producido sin culpa del reo, no siendo, a diferencia de la prescripción ordinaria, susceptible de interrupción

La frase del día:
…haciendo leña del árbol caído…