25 de enero de 2016

25-01-2016 Porte Ilícito

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C04-0228 N° de Sentencia: 346
Tema: Porte ilícito
Materia: Derecho Penal
Asunto: Cuerpo del delito de porte ilícito de armas

Para establecer el cuerpo del delito de Porte Ilícito de Arma, es menester comprobar inicialmente la existencia del objeto (arma) y la tenencia de la misma bajo la disponibilidad del acusado; siendo por ello necesario realizar a dicho objeto la experticia correspondiente, a los fines de determinar la existencia o no del arma, si la misma es o no un arma de guerra, conforme la Ley sobre Armas y Explosivos; o si es de las que conforme al artículo 276 del Código Penal constituye un objeto histórico o de estudio; y finalmente que ésta no sea poseída por el agente, de conformidad con el empadronamiento señalado en la Ley sobre Armas y Explosivos.

25-01-2016 Arma Blanca

ARMA BLANCA

Cuando surgen las primeras armas de fuego la gran cantidad de pólvora que se utilizaba para disparar dejaba las manos negras, además, quien disparaba quedaba envuelto en una nube de pólvora que manchaba aun más. También se designan como armas blancas porque, en general, eran portadas por gente de buena clase social. Ejemplo: las personas de buena clase social, para portar un sable, utilizaban guantes blancos.