CRIMINALÍSTICA
CRIMINALÍSTICA I. MONTIEL. SEGUNDA EDICIÓN, 2012
Documentoscopia. Aplica conocimientos, métodos y técnicas para estudiar y establecer la autenticidad, alteración o falsedad de todo tipo de documento escrito, y hacer probable la identificación de los falsarios.
Para que la Documentoscopia realice y cumpla su objetivo, aplica las siguientes disciplinas que la constituyen:
a. Caligrafía. Escritura elegante o bella.
b. Grafoscopia. Escritura moderna.
c. Grafometría. Medición de la escritura.
d. Paleografía. Escritura antigua.
e. Diplomática. Documento antiguo.
f. Criptografía. Cifración o descifración de signos o claves secretas.
g. Taquigrafía. Escritura manual rápida.
h. Estenografía. Escritura mecanográfica rápida.
Referencia bibliográfica. Montiel, Criminalística I, 2012, PP. 53, 54.
Blog con fines de investigación de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, y lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel
6 de octubre de 2013
Criminalística I
CRIMINALÍSTICA
CRIMINALÍSTICA I. MONTIEL. SEGUNDA EDICIÓN, 2012
Sistemas de identificación y sus técnicas. Los sistemas de identificación cuentan con técnicas y sistemas para identificar de manera inequívoca a personas vivas, muertas, putrefactas, descarnadas, quemadas, o restos humanos relacionados con la comisión de un delito o de un siniestro acaecido, en virtud de que con el apoyo de la antropología forense y con la aplicación de sistemas manuales convencionales y de la cibernética forense, se realiza lo siguiente: antropometría, retrato hablado, dactiloscopia, fotografía, reconstrucción facial o fisonómica, superposición radiográfica cráneo-cara, odontología forense, identikit, foto-robot, superposición de pabellones auriculares, queiloscopia, estomatología y otros múltiples procedimientos.
Referencia bibliográfica. Montiel, Criminalística I, 2012, PP. 55, 56.
CRIMINALÍSTICA I. MONTIEL. SEGUNDA EDICIÓN, 2012
Sistemas de identificación y sus técnicas. Los sistemas de identificación cuentan con técnicas y sistemas para identificar de manera inequívoca a personas vivas, muertas, putrefactas, descarnadas, quemadas, o restos humanos relacionados con la comisión de un delito o de un siniestro acaecido, en virtud de que con el apoyo de la antropología forense y con la aplicación de sistemas manuales convencionales y de la cibernética forense, se realiza lo siguiente: antropometría, retrato hablado, dactiloscopia, fotografía, reconstrucción facial o fisonómica, superposición radiográfica cráneo-cara, odontología forense, identikit, foto-robot, superposición de pabellones auriculares, queiloscopia, estomatología y otros múltiples procedimientos.
Referencia bibliográfica. Montiel, Criminalística I, 2012, PP. 55, 56.
Auxilio
DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA
Código Orgánico Procesal Penal venezolano - 393
Del procedimiento en los delitos de acción dependiente de instancia de parte
Auxilio judicial. La víctima que pretenda constituirse en acusador privado para ejercer la acción penal derivada de los delitos dependientes de acusación o instancia de parte agraviada, podrá solicitar al Juez de Control que ordene la práctica de una investigación preliminar para identificar al acusado, determinar su domicilio o residencia, para acreditar el hecho punible o para recabar elementos de convicción.
La solicitud de la víctima deberá contener:
a) Su nombre, apellido, edad, domicilio o residencia, y número de cédula de identidad.
b) El delito por el cual pretende acusar, con una relación detallada de las circunstancias que permitan acreditar su comisión, incluyendo, de ser posible, lugar, día y hora aproximada de su perpetración.
c) La justificación acerca de su condición de víctima.
d) El señalamiento expreso y preciso de las diligencias que serán objeto de la investigación preliminar.
Código Orgánico Procesal Penal venezolano - 393
Del procedimiento en los delitos de acción dependiente de instancia de parte
Auxilio judicial. La víctima que pretenda constituirse en acusador privado para ejercer la acción penal derivada de los delitos dependientes de acusación o instancia de parte agraviada, podrá solicitar al Juez de Control que ordene la práctica de una investigación preliminar para identificar al acusado, determinar su domicilio o residencia, para acreditar el hecho punible o para recabar elementos de convicción.
La solicitud de la víctima deberá contener:
a) Su nombre, apellido, edad, domicilio o residencia, y número de cédula de identidad.
b) El delito por el cual pretende acusar, con una relación detallada de las circunstancias que permitan acreditar su comisión, incluyendo, de ser posible, lugar, día y hora aproximada de su perpetración.
c) La justificación acerca de su condición de víctima.
d) El señalamiento expreso y preciso de las diligencias que serán objeto de la investigación preliminar.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)