1 de julio de 2013

Inhabilitados

DERECHO PENAL

De la fuga de detenidos y del quebrantamiento de condenas. Inhabilitados políticos. Los inhabilitados políticos, o para ejercer profesiones, o los destituidos que ejercieren el empleo, o profesión contra el tenor de la sentencia, serán condenados, como agravación de pena, a un arresto de 1 a 12 meses, o multa de 500 unidades tributarias a 1500 U. T., a juicio del tribunal.