Tiempo que pasa, verdad que huye
N°
de Expediente: A08-100 N°
de Sentencia: 447
Tema: Aprehensión en Flagrancia
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Determinación del Procedimiento Abreviado u Ordinario
Domingo, 10 de
Agosto de 2008
...Si
el juez de control ordena el procedimiento abreviado remitirá las actuaciones
al Tribunal de Juicio Unipersonal, el cual convocará el juicio oral y público
dentro de los diez a quince días siguientes, en este supuesto, la Fiscalía y la víctima
presentarán directamente la acusación en la apertura del debate y se seguirán
las reglas del procedimiento ordinario. En cambio, si el juez de control
aprecia excepcionalmente la aplicación del procedimiento ordinario, así lo hará
constar en el acta de la audiencia.
En todo caso, la determinación de la aplicación de uno u otro procedimiento, obliga tanto al Ministerio Público cuando solicita la aplicación del procedimiento abreviado u ordinario y/o al juez de control cuando lo acuerda, valorar la existencia de la verosimilitud de los hechos y los elementos de convicción que permitan obtener ese nivel de convencimiento para decretar el procedimiento abreviado, además de responder al principio de proporcionalidad, tendentes a criterios de racionalidad y ponderación, sin llevar a esta fase preliminar el rigor que conlleva el enjuiciamiento de los hechos.
En todo caso, la determinación de la aplicación de uno u otro procedimiento, obliga tanto al Ministerio Público cuando solicita la aplicación del procedimiento abreviado u ordinario y/o al juez de control cuando lo acuerda, valorar la existencia de la verosimilitud de los hechos y los elementos de convicción que permitan obtener ese nivel de convencimiento para decretar el procedimiento abreviado, además de responder al principio de proporcionalidad, tendentes a criterios de racionalidad y ponderación, sin llevar a esta fase preliminar el rigor que conlleva el enjuiciamiento de los hechos.
Frase
reflexiva:
Tiempo que pasa, verdad que huye