Tiempo que pasa, verdad que huye
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Materia: Derecho
de Familia.
Semestre: Tercero-Pregrado.
Bibliografía: Apuntes de Derecho de Familia y Sucesiones. Decimocuarta
edición. Caracas, 2007. RAÚL SOJO BIANCO.
Administración de la Comunidad
Se dividirá en 3 secciones:
1. Gestión del activo común: Los bienes adquiridos por el trabajo personal o por
cualquier otro título legítimo, será administrado por cada cónyuge de la
comunidad.
Pero
para enajenar a título gratuito u oneroso, o para gravar bienes gananciales
cuando se trata de inmuebles o muebles, y todo aquello que se le parezca, se
requerirá el consentimiento de ambos cónyuges.
2. Derecho de obligar a la comunidad: Ocurre en los siguientes casos:
a)
Cuando contrae deudas y obligaciones en la administración de los bienes
comunes.
b)
Cuando contrae deudas y obligaciones a los efectos del mantenimiento de la
familia y de la educación de los hijos.
En
ambos casos, la comunidad de gananciales responde con sus bienes.
3. Representación de la comunidad en juicio: La legitimación en juicio para los actos de administración
o de disposición en que la ley requiera la acción de ambos cónyuges,
corresponderá lógicamente a éstos en
forma conjunta, quiénes podrán actuar personalmente o mediante apoderado.
Frase
reflexiva:
Tiempo que pasa, verdad que huye
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