Tiempo que pasa, verdad que huye
N°
de Expediente: A08-129 N°
de Sentencia: 714
Tema: Aprehensión en Flagrancia
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Información de las razones que motivaron dicha aprehensión
Lunes, 15 de
Diciembre de 2008
...Cabe
destacar que este derecho a ser informado de los hechos adquiere una elevada
importancia cuando la libertad del investigado está en juego, por ende toda
persona aprehendida en flagrancia o detenida conforme a lo previsto en el
artículo 250 Código Orgánico Procesal Penal debe ser informada de las razones
que motivaron su aprehensión o detención, según sea el caso... el deber de
informar detalladamente y sin demora alguna la causa que origina la privación o
restricción de libertad, en el momento mismo de practicarse, obedece a la
necesidad de que la misma esté fundada en la sospecha de la participación de la
persona detenida en el hecho delictivo.
Frase
reflexiva:
Tiempo que pasa, verdad que huye
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