5 de abril de 2020

05-04-2020: simulados

TÍTULO IV

DE LOS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO PÚBLICO Y LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA APLICACIÓN DE ESTE DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY

Capítulo II
Otros Delitos Contra el Patrimonio Público

Aprovechamiento por actos fraudulentos o simulados de fondos públicos.

Artículo 76. Los representantes o administradores de personas naturales o jurídicas, así como los directores o principales de éstas, que, por actos simulados o fraudulentos, se aprovechen o distraigan de cualquier forma, en beneficio propio o de terceros, el dinero, valores u otros bienes que sus administradas o representadas hubieren recibido de cualquier órgano o ente público por concepto de crédito, aval o cualquier otra forma de contratación, siempre que resulte lesionado el patrimonio público, serán penados con prisión de dos (2) a diez (10) años.

Fuente de la información: Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción. Gaceta Oficial Extraordinario No. 6.155, 19 noviembre 2014.

Palabras claves: espaciopenal, Jorge Leonardo Salazar Rangel, espaciopenal.blogspot.com, espaciopenal.wordpress.com, derecho  penal, derecho procesal penal, delitos, criminología, criminalística, contra la corrupción, hechos punibles, faltas, leyes penales especiales.

La frase del día
"Si eres paciente en un momento de ira, escaparás a cien días de tristeza" Proverbio chino