25 de diciembre de 2025

Contencioso | 25-12-2025

Sentencia No. 2012 de fecha 10-DIC-2025 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADO PONENTE: LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS

En virtud de lo dispuesto en el artículo 25 numeral 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y, a tenor de lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, resulta necesario reiterar que le corresponde a esta Sala Constitucional conocer las apelaciones de las sentencias provenientes de los juzgados o tribunales superiores de la República, exceptuando los superiores en lo contencioso administrativo, las Cortes de lo Contencioso Administrativo y las Cortes de Apelaciones en lo Penal, en tanto su conocimiento no estuviere atribuido a otro tribunal, cuando ellos conozcan la acción de amparo en primera instancia.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"No nacimos para morir en la orilla, nacimos para cruzar, para resistir cuando arde y para seguir cuando el cuerpo quiere rendirse"