Víctima inocente: es aquella cuyo grado de culpabilidad
sobre el hecho ilícito es nulo, hablamos de casos en los que el victimario
escoge libremente a su víctima sin que esta tenga conocimiento de su futuro
estado. Dentro de este tipo de víctima, encontramos: víctima especialmente
vulnerable, víctima inocente accidental y víctima común.
Víctima falsa: hay algunos autores que niegan su consideración porque no
se tratan de víctimas en sentido estricto, sin embargo, a efectos operativos sí
nos interesa por cuanto su falsa consideración puede llevar consigo
responsabilidad posterior. Estas falsas víctimas denuncian delitos que nunca
existieron.
Víctima imaginaria: comprendería a aquella persona que,
debido a determinados factores biopsicosociales, va a creerse víctima de un
delito. ¿Quiénes suelen ser? Sujetos con patologías, los supuestos más
habituales son supuestos de paranoicos, individuos con personalidad
histriónica, algunas psicosis, también lo son los menores de edad y ancianos.
La víctima imaginaria, erróneamente cree, haber sido objeto de una agresión
criminal, esto, por razones psicopatológicas o inmadurez psíquica.
Víctima simulada: la identificamos con aquellos
individuos que, mediando algún tipo de interés propio o ajeno, actúan como si
verdaderamente fueran víctimas, sabiendo interiormente que no lo son. Un
ejemplo puede ser, el que simula un robo para cobrar un seguro o el que quema
su propia casa para cobrar el seguro. La víctima simuladora actúa
conscientemente al hacer una falsa atribución de un hecho delictivo.
Diferencia entre víctima
imaginaria y víctima simulada: la diferencia entre la imaginaria y la simulada, es que en la primera
el sujeto cree a ciencia cierta que es víctima, mientras que en la simulada
saben desde el principio que no han sido victimizados.
Víctima falsa. Víctima
real: el primer
criterio que tenemos que distinguir, es si se trata de una víctima falsa o
real. La diferencia viene puesta de manifiesto por la propia consideración de
víctima, es decir, la real será un sujeto que ha sido victimizado; mientras que
las víctimas falsas son aquellas que creemos que en principio han sido
victimizadas, pero que a posteriori se demuestra su falsa victimización.
Víctima real: comprende el caso más habitual de
víctima, e incluiría aquellas hipótesis en las que se comete un ilícito penal
que afecta a uno o varios sujetos. Se subdividen en víctimas inocentes y
víctimas colectivas.
Víctima individual: la definimos como aquella persona o
personas afectadas por el ilícito penal que no presentan ningún tipo de nexo
causal entre ellas, o presentándolo no ostentan el grado de representatividad. El
grado de culpabilidad de la víctima es 0% y del delincuente 100%.
Víctima jurídica: esto sucede cuando el sujeto pasivo del delito es una persona jurídica,
por ejemplo, una empresa.
Referencias electrónicas. Fuente de la
información:
La frase del día
“Una
mentira pone en duda mil verdades”
La palabra del día
Divisar: Ver, percibir, aunque confusamente, un
objeto.