14 de septiembre de 2018

Víctimas -2-

Víctima inocente: es aquella cuyo grado de culpabilidad sobre el hecho ilícito es nulo, hablamos de casos en los que el victimario escoge libremente a su víctima sin que esta tenga conocimiento de su futuro estado. Dentro de este tipo de víctima, encontramos: víctima especialmente vulnerable, víctima inocente accidental y víctima común.

Víctima falsa: hay algunos autores que niegan su consideración porque no se tratan de víctimas en sentido estricto, sin embargo, a efectos operativos sí nos interesa por cuanto su falsa consideración puede llevar consigo responsabilidad posterior. Estas falsas víctimas denuncian delitos que nunca existieron.

Víctima imaginaria: comprendería a aquella persona que, debido a determinados factores biopsicosociales, va a creerse víctima de un delito. ¿Quiénes suelen ser? Sujetos con patologías, los supuestos más habituales son supuestos de paranoicos, individuos con personalidad histriónica, algunas psicosis, también lo son los menores de edad y ancianos. La víctima imaginaria, erróneamente cree, haber sido objeto de una agresión criminal, esto, por razones psicopatológicas o inmadurez psíquica.

Víctima simulada: la identificamos con aquellos individuos que, mediando algún tipo de interés propio o ajeno, actúan como si verdaderamente fueran víctimas, sabiendo interiormente que no lo son. Un ejemplo puede ser, el que simula un robo para cobrar un seguro o el que quema su propia casa para cobrar el seguro. La víctima simuladora actúa conscientemente al hacer una falsa atribución de un hecho delictivo.

Diferencia entre víctima imaginaria y víctima simulada: la diferencia entre la imaginaria y la simulada, es que en la primera el sujeto cree a ciencia cierta que es víctima, mientras que en la simulada saben desde el principio que no han sido victimizados.

Víctima falsa. Víctima real: el primer criterio que tenemos que distinguir, es si se trata de una víctima falsa o real. La diferencia viene puesta de manifiesto por la propia consideración de víctima, es decir, la real será un sujeto que ha sido victimizado; mientras que las víctimas falsas son aquellas que creemos que en principio han sido victimizadas, pero que a posteriori se demuestra su falsa victimización.

Víctima real: comprende el caso más habitual de víctima, e incluiría aquellas hipótesis en las que se comete un ilícito penal que afecta a uno o varios sujetos. Se subdividen en víctimas inocentes y víctimas colectivas.

Víctima individual: la definimos como aquella persona o personas afectadas por el ilícito penal que no presentan ningún tipo de nexo causal entre ellas, o presentándolo no ostentan el grado de representatividad. El grado de culpabilidad de la víctima es 0% y del delincuente 100%.

Víctima jurídica: esto sucede cuando el sujeto pasivo del delito es una persona jurídica, por ejemplo, una empresa.

Referencias electrónicas. Fuente de la información:  

La frase del día
Una mentira pone en duda mil verdades

La palabra del día
Divisar: Ver, percibir, aunque confusamente, un objeto.

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