13 de noviembre de 2025

13-11-2025 • Asistencia jurídica

Sentencia No. 351 de fecha 20-JUN-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

En relación a lo antes transcrito, es necesario señalar que efectivamente al denunciarse normas que contemplan garantías y principios constitucionales, como ocurrió en el presente caso, donde la impugnante hace alusión a la violación de los artículos 26 y 49, numeral 1, los cuales plantean, en el primer caso, derechos inherentes al “acceso a los órganos de administración de justicia” y una justicia “…gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles…”, mientras que en el segundo caso, se hace mención que en todo proceso se debe garantizar la posibilidad de contar con una asistencia jurídica, a ser notificado de los cargos por los cuales se le investiga, de acceder a las pruebas, entre otros. La recurrente, en aras de presentar una correcta fundamentación, debió explicar cómo y cuáles de las garantías relacionadas con las normas antes aludidas, dejaron de ser aplicadas, en atención a los artículos 157, y 364, numeral 4, del Código Orgánico Procesal Penal, los cuales fueron denunciados en el presente caso.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Dios escucha todas las palabras que no se dicen" • Peaky Blinders, T3-E1