Ponencia de la Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
A fin de determinar si los hechos narrados por el solicitante constituyen graves desórdenes procesales o escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública o la institucionalidad democrática conforme al artículo 107 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, resulta pertinente señalar, que en procura de sustentar su pedimento, este inició su narrativa señalando circunstancias inherentes a la falta de asistencia (...), a las citaciones efectuadas por el Ministerio Público, a objeto de ser imputado por la presunta comisión de delitos previstos y sancionados en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en atención a la denuncia formulada en contra (...)
(...) debiendo esta Sala referir el error del solicitante al cimentar su petición avocatoria en suposiciones sobre un asunto penal que no se encuentra judicializado, efectuando una mezcolanza entre el proceso que aun no se ha judicializado, donde funge como víctima su representada ante el Ministerio Público, y en el que ella está imputada, cuya causa se encuentra actualmente en fase preparatoria, denunciando irregularidades de manera confusa, no permitiendo a la Sala comprender cuáles son realmente los hechos contrarios a derecho, así como el proceso penal sobre el cual pretende el avocamiento, no siendo factible la pretensión del solicitante que de lo expuesto se deduzca en qué consisten los actos que contravienen el ordenamiento jurídico.
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Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"Las mareas bajan y vuelven a subir"