DERECHO PENAL
De los delitos contra la fe pública. De la falsificación de sellos, timbres públicos y marcas. Falsificación de timbres. Todo individuo que haya falsificado los timbres, punzones, u otras marcas destinadas por virtud de una disposición de la ley, o del Gobierno, a establecer la autenticidad de un acto, será castigado con prisión de seis a treinta meses.
El que hubiere hecho uso de los objetos falsos, aun cuando la falsificación sea obra de un tercero, se le aplicarán las mismas penas. Al que, sin haber contribuido a la falsificación, ponga en venta los objetos que llevan la impresión de las dichas marcas falsificadas, se le impondrán también las mismas penas.
Blog con fines de investigación de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, y lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel
31 de julio de 2013
Congruencia
DERECHO PROCESAL PENAL
De la sustanciación del juicio. De la sentencia. Congruencia entre sentencia y acusación. La sentencia de condena no podrá sobrepasar el hecho y las circunstancias descritos en la acusación y en el auto de apertura a juicio o, en su caso, en la ampliación de la acusación.
En la sentencia condenatoria el tribunal podrá dar al hecho una calificación jurídica distinta a la de la acusación, o del auto de apertura a juicio, o aplicar penas más graves, o medidas de seguridad.
El acusado no puede ser condenado en virtud de un precepto penal distinto del invocado en la acusación, comprendida su ampliación, o en el auto de apertura a juicio, si previamente no fue advertido por el Juez sobre la modificación posible de la calificación jurídica.
Congruencia.
a. Conveniencia, coherencia, relación lógica.
b. Conformidad entre los pronunciamientos del fallo y las pretensiones de las partes formuladas en el juicio.
De la sustanciación del juicio. De la sentencia. Congruencia entre sentencia y acusación. La sentencia de condena no podrá sobrepasar el hecho y las circunstancias descritos en la acusación y en el auto de apertura a juicio o, en su caso, en la ampliación de la acusación.
En la sentencia condenatoria el tribunal podrá dar al hecho una calificación jurídica distinta a la de la acusación, o del auto de apertura a juicio, o aplicar penas más graves, o medidas de seguridad.
El acusado no puede ser condenado en virtud de un precepto penal distinto del invocado en la acusación, comprendida su ampliación, o en el auto de apertura a juicio, si previamente no fue advertido por el Juez sobre la modificación posible de la calificación jurídica.
Congruencia.
a. Conveniencia, coherencia, relación lógica.
b. Conformidad entre los pronunciamientos del fallo y las pretensiones de las partes formuladas en el juicio.
Disciplinas
CRIMINOLOGÍA
Disciplinas auxiliares fundamentales de la criminología.
a. Antropología criminal. Estudia a cada tipo de delincuente en sus manifestaciones, tanto morfológicas como funcionales.
b. Psicopatología. Psiquiatría. Reúnen informaciones biológicas, neurológicas, parasicológicas y patológicas necesarias para el estudio del delincuente; estudian los aspectos de la personalidad del hombre en cuanto a ser biológico y psico-social.
c. Sociología criminal. Tiene por objetivo el estudio del delito como fenómeno social, y particularmente de los factores sociales de la criminalidad.
La sociología criminal estudia las condiciones sociales de la delincuencia (edad, sexo, etc.), y las fuentes sociales de la motivación del hecho delictivo, además de la formación de la personalidad criminal en sentido individual. Mira el delito como fenómeno social y como hecho colectivo.
d. Ecología criminal. Geografía criminal. La teoría ecológica (Escuela de Chicago, Estados Unidos) es la corriente considerada como uno de los primeros intentos de la explicación del crimen en el Norte de América.
Objeto de la investigación fue la relación de los hombres con su entorno espacial, y sus reacciones ante este entorno, estos serían los factores ecológicos o residenciales, pero al lado de estos factores se encuentran factores relativos al medio físico, es decir, factores geográficos como factores que influyen en las variaciones de la delincuencia, en donde el índice parece más afectado por las estaciones; por las regiones geográficas; la pobreza; altura; la temperatura, que afecta el estado emocional; variaciones del tiempo.
La geografía criminal estudia la distribución y el reparto de la criminalidad en un espacio y tiempo determinado, y que la ecología criminal, la fuerza criminógena que atrae a la comisión de determinados delitos y no de otros, en ciertos espacios y lugares.
e. Estadística criminal. Nos da a conocer las relaciones de causalidad existentes entre determinadas condiciones personales, fenómenos físicos y sociales; y la criminalidad, pone de relieve sus causas y muestra su aumento o disminución. Es una disciplina científica que estudia la cuantificación del delito en un ámbito espacial determinado y en un tiempo determinado.
La estadística criminal tiene tres aspectos fundamentales: la estadística criminal policial, la estadística criminal judicial y la estadística criminal penitenciaria. Es el método estadístico el preferido por la sociología criminal.
Bibliografía. Criminología. Carmen García de Mármol León. Fundación Mármol & Mármol.
Disciplinas auxiliares fundamentales de la criminología.
a. Antropología criminal. Estudia a cada tipo de delincuente en sus manifestaciones, tanto morfológicas como funcionales.
b. Psicopatología. Psiquiatría. Reúnen informaciones biológicas, neurológicas, parasicológicas y patológicas necesarias para el estudio del delincuente; estudian los aspectos de la personalidad del hombre en cuanto a ser biológico y psico-social.
c. Sociología criminal. Tiene por objetivo el estudio del delito como fenómeno social, y particularmente de los factores sociales de la criminalidad.
La sociología criminal estudia las condiciones sociales de la delincuencia (edad, sexo, etc.), y las fuentes sociales de la motivación del hecho delictivo, además de la formación de la personalidad criminal en sentido individual. Mira el delito como fenómeno social y como hecho colectivo.
d. Ecología criminal. Geografía criminal. La teoría ecológica (Escuela de Chicago, Estados Unidos) es la corriente considerada como uno de los primeros intentos de la explicación del crimen en el Norte de América.
Objeto de la investigación fue la relación de los hombres con su entorno espacial, y sus reacciones ante este entorno, estos serían los factores ecológicos o residenciales, pero al lado de estos factores se encuentran factores relativos al medio físico, es decir, factores geográficos como factores que influyen en las variaciones de la delincuencia, en donde el índice parece más afectado por las estaciones; por las regiones geográficas; la pobreza; altura; la temperatura, que afecta el estado emocional; variaciones del tiempo.
La geografía criminal estudia la distribución y el reparto de la criminalidad en un espacio y tiempo determinado, y que la ecología criminal, la fuerza criminógena que atrae a la comisión de determinados delitos y no de otros, en ciertos espacios y lugares.
e. Estadística criminal. Nos da a conocer las relaciones de causalidad existentes entre determinadas condiciones personales, fenómenos físicos y sociales; y la criminalidad, pone de relieve sus causas y muestra su aumento o disminución. Es una disciplina científica que estudia la cuantificación del delito en un ámbito espacial determinado y en un tiempo determinado.
La estadística criminal tiene tres aspectos fundamentales: la estadística criminal policial, la estadística criminal judicial y la estadística criminal penitenciaria. Es el método estadístico el preferido por la sociología criminal.
Bibliografía. Criminología. Carmen García de Mármol León. Fundación Mármol & Mármol.
Sentencia
DERECHO PROCESAL PENAL
De la sustanciación del juicio. De la sentencia. La sentencia. Cerrado el debate, el Juez se retirará de la Sala a elaborar la sentencia y convocará a las partes para el mismo día, a fin de imponerlos del contenido de dicha sentencia, o del dispositivo del fallo.
De la sustanciación del juicio. De la sentencia. La sentencia. Cerrado el debate, el Juez se retirará de la Sala a elaborar la sentencia y convocará a las partes para el mismo día, a fin de imponerlos del contenido de dicha sentencia, o del dispositivo del fallo.
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