16 de abril de 2025

Actuar como abogado • 16-04-2025

Sentencia No. 0276 de fecha 06-MAR-2025 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADO PONENTE: LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS

Por tal razón, esta Sala, en aras de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia, establece que frente al ejercicio de una acción de amparo sin la asistencia o representación de abogado, el juez, luego de admitir la acción deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Abogados, exigiendo, de esta manera, para el resto de los actos o actuaciones procesales que conforman el procedimiento de amparo, que el particular actúe asistido o mediante apoderado judicial. (Vid. Decisión Nº 742/2000, caso: “Rubén Darío Guerra”).

De allí que, siendo la apelación un medio de impugnación que involucra una actuación procesal distinta a la interposición de la demanda, es necesaria que el abogado presente el poder que acredite su capacidad o, en caso contrario, el quejoso se encuentre asistido para dar cumplimiento a lo exigido por las normas supra mencionadas y la referida doctrina jurisprudencial.

En complemento de lo anterior, debe indicarse que para actuar como abogado ante los tribunales del país, debe cumplirse con los requisitos previstos en la Ley de Abogados, es decir, poseer título de abogado (artículo 3 de la Ley de Abogados); encontrarse en el libre ejercicio de la profesión (artículos 5 y 6 de la Ley de Abogados), salvo en los casos de los defensores públicos y fiscales del Ministerio Público; y estar inscrito en un Colegio de Abogados y en el Instituto de Previsión Social del Abogado (artículo 7 de la Ley de Abogados).

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"La primera persona que lanzó un insulto en lugar de una piedra, creó la civilización" - Sigmund Freud

Glosario [16] • 16-04-2025

Periodo colicuativo: en esta etapa, el tejido blando sé licúa, el cadáver adopta un aspecto acaramelado entre 2 a 4 semanas; los órganos se reblandecen y sé licúan, durando entre 8 a 10 meses. La próstata y el útero son los órganos más resistentes a esta fase.

Periodo de reducción esquelética: en término medio de 2 a 3 años pudiendo ser hasta 5 años, todas las partes blandas desaparecen a través de la licuefacción, los elementos más resistentes suelen ser los del tejido conectivo como cartílago, tendones, ligamentos. Puede el esqueleto avanzar hasta la pulverización en un tiempo de 50 años, inhumado; si el cadáver se encuentra a la intemperie la pulverización puede presentarse en 5 años.

Persona ausente: se denomina así al disciplinado cuando agotadas las gestiones necesarias no se logró notificarlo en forma personal del pliego de cargos.

Persona jurídica: persona ficticia capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones, y ser representada judicial o extrajudicialmente por personas naturales.

Perfil genético: conjunto de parejas de números que representan los componentes genéticos heredados de padre y madre en cada persona.

Perito: la obligación de un perito es única e integral y comprende las siguientes actividades: cumplir con la designación dispuesta por la autoridad judicial competente, la presentación del informe verbal y/o escrito, la presentación de aclaraciones, ampliaciones u observaciones al informe, la defensa y/o exposición del informe en audiencias orales, de prueba o de juicio; así como cualquier otra actividad necesaria dispuesta por la autoridad judicial competente.

Fuente de la información:

Palabras clave: glosario, criminalística, medicina legal.

La frase del día 
"La primera persona que lanzó un insulto en lugar de una piedra, creó la civilización" - Sigmund Freud