Efectivamente, el Tribunal Supremo de Justicia, a través de sus Salas (Constitucional y de Casación Penal), en atención a garantizar el derecho a recurrir que asiste a las partes involucradas en un proceso penal, adoptó como medida a favor de garantizar que las personas puedan hacer valer plenamente sus derechos en el sistema de justicia penal, que en el proceso penal todas las decisiones dictadas en audiencia, deben ser debidamente motivadas en un auto fundado que se dicte en extenso. Lo cual, en el presente caso, no fue cumplido por el Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, tantas veces mencionado.
Enlace a la Sentencia:
La frase del día
"El origen del sufrimiento es el apego"