MEDICINA
LEGAL - 6TA. EDICIÓN
JOSE FELIX MARTIN CORONA
LESIONES PERSONALES
Consiste en ocasionarle un daño a una persona lo
cual deriva en enfermedades físicas o psíquicas.
CLASIFICACIÓN DE LAS LESIONES
1. Etiología
1.1 Lesiones por agentes físicos.
1.2 Lesiones por agentes mecánicos.
1.3 Lesiones por agentes químicos.
1.4 Lesiones por agentes biológicos.
2.1 Contusiones
2.2 Heridas por arma blanca.
2.3 Heridas por arma de fuego.
2.4 Quemaduras.
2.5 Electrocución.
2.6 T.O.E.
3. Elemento Objetivo
3.1 Lesiones gravísimas.
3.2 Lesiones menos graves (mediana gravedad).
3.3 Lesiones leves.
3.4 Lesiones levísimas.
4. Elemento Subjetivo
4.1 Lesiones intencionales.
4.2 Lesiones preterintencionales.
4.3 Lesiones culposas.
5. Supralegales
5.1 Lesiones en los deportes.
5.2 Lesiones en el tratamiento médico-quirúrgico.
Bibliografía: Medicina Legal, 2008; 6ta. Edición; JOSE FELIX MARTIN
CORONA; Ediciones LIBRERIA DESTINO; P. 70.
Blog con fines de investigación de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, y lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel
4 de mayo de 2014
Medicina Legal VI
MEDICINA
LEGAL - 6TA. EDICIÓN
JOSE FELIX MARTIN CORONA
TRAUMATOLOGÍA MÉDICO-LEGAL
Es la rama de la Medicina Legal que tiene por objeto el estudio de los estados patológicos producidos en el cuerpo humano por efecto de la violencia ejercida sobre el mismo. El estado patológico casi siempre se traduce, anatómicamente, en un daño a la entidad corporal, ya sea en forma inmediata o mediata; es decir, que debe guardar relación el daño con la violencia ejercida sobre el cuerpo: en el sentido de que aquél debe producirse como consecuencia de la acción de la violencia.
El daño producido en el cuerpo humano recibe el nombre de "lesión", por consiguiente, la lesión no solamente es el daño físico, sino también el daño psíquico; y no necesariamente debe existir acumulativamente, o concurrentemente, el daño físico y el daño psíquico, sino que puede existir solamente uno de ellos.
Según el Dr. JACK CASTRO RODRÍGUEZ: "El conjunto de conocimientos traumatológicos aplicables a la resolución de los problemas que plantea el Derecho, forma un capítulo armónico y coherente, dotado de la personalidad propia dentro del marco de la Medicina Legal y recibe el nombre de Traumatología Forense o Médico-Legal"
Bibliografía: Medicina Legal, 2008; 6ta. Edición; JOSE FELIX MARTIN CORONA; Ediciones LIBRERIA DESTINO; P. 69.
JOSE FELIX MARTIN CORONA
TRAUMATOLOGÍA MÉDICO-LEGAL
Es la rama de la Medicina Legal que tiene por objeto el estudio de los estados patológicos producidos en el cuerpo humano por efecto de la violencia ejercida sobre el mismo. El estado patológico casi siempre se traduce, anatómicamente, en un daño a la entidad corporal, ya sea en forma inmediata o mediata; es decir, que debe guardar relación el daño con la violencia ejercida sobre el cuerpo: en el sentido de que aquél debe producirse como consecuencia de la acción de la violencia.
El daño producido en el cuerpo humano recibe el nombre de "lesión", por consiguiente, la lesión no solamente es el daño físico, sino también el daño psíquico; y no necesariamente debe existir acumulativamente, o concurrentemente, el daño físico y el daño psíquico, sino que puede existir solamente uno de ellos.
Según el Dr. JACK CASTRO RODRÍGUEZ: "El conjunto de conocimientos traumatológicos aplicables a la resolución de los problemas que plantea el Derecho, forma un capítulo armónico y coherente, dotado de la personalidad propia dentro del marco de la Medicina Legal y recibe el nombre de Traumatología Forense o Médico-Legal"
Bibliografía: Medicina Legal, 2008; 6ta. Edición; JOSE FELIX MARTIN CORONA; Ediciones LIBRERIA DESTINO; P. 69.
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