El poder corrompe al hombre; el hombre
corrompido ejecuta al valiente y esclaviza al cobarde
N°
de Expediente: C08-004 N°
de Sentencia: 344
Tema: Cooperador inmediato
Materia: Derecho Penal
Asunto: Penalidad
Martes, 08 de julio
de 2008
...el
Código Penal sanciona a los cooperadores inmediatos con la misma pena
correspondiente a los autores o perpetradores. La equiparación de ambas
figuras, según jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Penal, se debe
a que el cooperador inmediato, si bien no realiza directamente los actos
productivos del delito, concurre o coadyuva a la empresa delictiva, tomando
parte en operaciones distintas que no representan elementos esenciales del
hecho punible, pero que resultan eficaces para la inmediata ejecución del
mismo.
El comportamiento de los cooperadores inmediatos como partícipes se compenetra o se vincula en forma muy estrecha con la conducta del ejecutor, lo que lleva a considerar que, aunque no realicen los actos típicos, en virtud de tal identificación o compenetración con la acción de los autores, deben ser sancionados con la misma pena correspondiente a éstos.
N°
de Expediente: C07-0465 N°
de Sentencia: 282
Tema: Cooperador inmediato
Materia: Derecho Penal
Asunto: Concurrencia de personas - Determinación o inducción
Jueves, 22 de mayo
de 2008
...en
cuanto a la concurrencia de personas a la ejecución de un hecho punible, se
consideran determinador a quien hace surgir en otra persona la idea de cometer
un delito, siendo ésta última quien decide y domina la realización del mismo.
La determinación o inducción debe ser de tal entidad que pueda conectarse
causalmente, desde el punto de vista psíquico, con la voluntad del inducido,
hasta el punto que éste decida cometer el delito y comience, por lo menos, su
ejecución...
La determinación, como ya se expresó, debe ser de tal entidad que haga surgir en la otra persona la decisión de cometer el delito...
N°
de Expediente: C07-0430 N°
de Sentencia: 697
Tema: Cooperador inmediato
Materia: Derecho Penal
Asunto: Delito de Robo - Conductor del vehículo
Viernes, 07 de diciembre
de 2007
...robo
ocurrido... el ciudadano... era el que manejaba el vehículo, en cuyo interior
iban otras personas... uno de los sujetos que interceptaron a las víctimas y
que se encontraba en el vehículo tripulado por... se bajó del mismo y
utilizando un arma de fuego, bajo amenazas de muerte, despojó de sus
pertenencias a las referidas víctimas, procediendo a abordar nuevamente el
vehículo y retirarse del lugar. De ello se evidencia que el acusado en
referencia, estaba presente durante la ejecución del robo, de hecho así fue
reconocido por las víctimas, fue el que llevó al autor del robo hasta las
víctimas, junto a sus otros acompañantes presenció directamente toda la
comisión del delito, esperó al autor del hecho y lo sacó inmediatamente del
lugar de comisión.
El ciudadano... con su presencia preordenada en el lugar de ambos delitos, tuvo un papel de utilidad determinante para los ejecutores, de seguridad y respaldo, sin cuyo aporte, indiscutiblemente, no se hubieran realizado los hechos. En consecuencia, su participación en los delitos enjuiciados fue en grado de cooperador inmediato...
N°
de Expediente: C03-0048 N°
de Sentencia: 151
Tema: Cooperador inmediato
Materia: Derecho Penal
Asunto: Cooperador inmediato
Miércoles, 23 de abril
de 2003
El
cooperador inmediato es en criterio de esta Sala lo que la doctrina ha
denominado cooperador necesario para diferenciarlo del cooperador no necesario
o simplemente cómplice (no necesario) en los términos de la distinción que hace
nuestro Código Penal al adoptar un método especial en la determinación de las
penas, pero que no puede ser autor porque no tiene el dominio del hecho.
N°
de Expediente: C03-0048 N° de Sentencia: 151
Tema: Cooperador inmediato
Materia: Derecho Penal
Asunto: Cooperador inmediato
Miércoles, 23 de abril
de 2003
El
cooperador inmediato no es otro que aquel que aportó una condición sin la cual
el autor no hubiera realizado el hecho.
N°
de Expediente: C02-0351 N°
de Sentencia: 105
Tema: Cooperador inmediato
Materia: Derecho Penal
Asunto: Cooperador inmediato
Martes, 18 de marzo
de 2003
El
cooperador inmediato es aquel sin cuyo aporte el hecho no habría podido
cometerse. Es decir, la fórmula legal se refiere a que la cooperación es
complicidad necesaria en cuanto a la tarea propiamente ejecutiva del tipo penal
dentro los elementos esenciales de la participación: comunidad de hecho y
convergencia intencional
Frase reflexiva:
El poder corrompe al hombre; el hombre
corrompido ejecuta al valiente y esclaviza al cobarde
Palabras claves: cooperador inmediato, cómplice no necesario, cómplice
necesario, cómplice, complicidad, artículo 84 Código Penal.