La cadena
de custodia de la evidencia no es otra cosa que el curso vigilado que debe
seguir la evidencia material desde que es legalmente obtenida hasta el cierre
definitivo del caso de que se trate. Esto quiere decir que debe existir un
control absoluto y una observancia estricta del debido proceso y de las reglas
de la lógica, las máximas de experiencia y el conocimiento científico, tanto en
la obtención como en el análisis, la conservación y el traslado de la evidencia
física, a fin de poder acreditar su autenticad y evitar su manipulación
maliciosa, su pérdida, sustitución, contaminación o deterioro.
Bibliografía. Control y contradicción de la prueba criminalística en el
proceso penal. Eric Lorenzo Pérez Sarmiento. Editores hermanos vadell. Caracas-Venezuela-Valencia
2014. p. 44.