22 de febrero de 2016

22-02-2016 Cadena Custodia

LA CADENA DE CUSTODIA Y LA FIABILIDAD DE LA PRUEBA CRIMINALÍSTICA
La cadena de custodia de la evidencia no es otra cosa que el curso vigilado que debe seguir la evidencia material desde que es legalmente obtenida hasta el cierre definitivo del caso de que se trate. Esto quiere decir que debe existir un control absoluto y una observancia estricta del debido proceso y de las reglas de la lógica, las máximas de experiencia y el conocimiento científico, tanto en la obtención como en el análisis, la conservación y el traslado de la evidencia física, a fin de poder acreditar su autenticad y evitar su manipulación maliciosa, su pérdida, sustitución, contaminación o deterioro.

Bibliografía. Control y contradicción de la prueba criminalística en el proceso penal. Eric Lorenzo Pérez Sarmiento. Editores hermanos vadell. Caracas-Venezuela-Valencia 2014. p. 44.

22-02-2016 Reincidencia

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C00-0154 N° de Sentencia: 681
Tema: Reincidencia
Materia: Derecho Penal
Asunto: Facultad del Juez de Imponer Pena dentro de los Términos en Reincidencia del Delito.

una vez establecido que el acusado es reincidente (reincidencia genérica), la pena aplicable por el nuevo hecho punible estará comprendida entre el término medio y el máximo que le asigne la Ley y puede el juez actuar con entera libertad al imponer la pena impuesta dentro de estos extremos.