DERECHO PENAL
LIBRO TERCERO
De las Faltas en General
TÍTULO I
De las Faltas Contra el Orden Público
Capítulo I
De la Desobediencia
a la Autoridad
Art. 486.- CEREMONIAS RELIGIOSAS FUERA DEL LUGAR
APROPIADO
Todo individuo que, con desprecio de las
prohibiciones legales de la autoridad competente, haya promovido o dirigido
ceremonias religiosas fuera de los lugares destinados al culto o procesiones,
así civiles como religiosas, en plazas, calles u otras vías públicas, será
penado con multa de veinte unidades tributarias (20 U.T.) a cien unidades
tributarias (100 U.T.). Si el hecho hubiere ocasionado tumulto público, el
culpable será castigado con arresto hasta por treinta días.
Fuente: Código
Penal. 13-04-2005. Gaceta Oficial No. 5768.
Blog con fines de investigación de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, y lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel
18 de noviembre de 2014
Divulgación
DIVULGACIÓN NO AUTORIZADA DE DATOS RESERVADOS
Es muy frecuente esta forma delictiva dentro del mundo de los negocios y entre empresas y corporaciones a través del cual se puede comerciar con una información de interés, como podría ser la divulgación de fórmulas farmacéuticas, de invenciones, o de datos de cualquier naturaleza catalogados como confidenciales.
Fuente: SÍNTESIS CRIMINOLÓGICA. Moira E. MARTÍNEZ A. P.428.
Es muy frecuente esta forma delictiva dentro del mundo de los negocios y entre empresas y corporaciones a través del cual se puede comerciar con una información de interés, como podría ser la divulgación de fórmulas farmacéuticas, de invenciones, o de datos de cualquier naturaleza catalogados como confidenciales.
Fuente: SÍNTESIS CRIMINOLÓGICA. Moira E. MARTÍNEZ A. P.428.
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